Tribunales
El Supremo avala el uso de corbata del personal de seguridad de un centro comercial en verano
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La Sala Cuarta del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada frente a una sentencia de la Audiencia Nacional, avalando en uso de corbata, incluso en verano, del personal de seguridad de un centro comercial dotado de aire acondicionado.
El TS declara que la empresa está facultada para adoptar esa decisión, que no atenta contra la dignidad de los trabajadores, y es adecuada a las condiciones de trabajo porque sólo afecta a los vigilantes que prestan servicio de cara al público en las dependencias del centro comercial que dispone de aire acondicionado, sin extender esa exigencia a quienes trabajan en otros puestos de trabajo diferentes.
El TS indica que ésta condición respeta el acuerdo alcanzado con otros sindicatos de la empresa y lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Interior 318/11, que atribuye a la empresa la competencia para decidir sobre el uniforme de los vigilantes de seguridad.
Insiste el Supremo en que esta decisión tiene en cuenta la adecuación de la vestimenta de los trabajadores de seguridad a las condiciones de trabajo, la estación del año y otras posibles circunstancias de orden funcional, laboral o personal, así como la dignidad de los trabajadores y la igualdad por razón de sexo.
(SERVIMEDIA)
05 Abr 2024
SGR/gja