EL SUPREMO AVALA LA NORMATIVA SOBRE RESTRICCIONES A LAS EMISIONES RADIOELÉCTICAS
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que avala el reglamento que establece las condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente las mismas.
De este modo, el Supremo rechaza el recurso que la Asociación de Estudios Geobiológicos Gea presentó contra el Real Decreto número 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprobó el citado reglamento.
Según consta en la sentencia, el citado reglamento establece como medidas de protección sanitaria unas restricciones básicas (en función de las tasas de absorción específicas del cuerpo humano) que no deben ser superadas y unos niveles de referencia (de intensidad de campo y de densidad de potencia, entre otros factores) cuya no superación garantiza el cumplimiento de aquellas restricciones.
Los citados límites de exposición son obligatorios en "las zonas en las que puedan permanecer habitualmente las personas y en la exposición a las emisiones de los equipos terminales, sin perjuicio de lo dispuesto en otras disposiciones específicas en el ámbito laboral."
Para el Supremo, "no existen elementos de juicio suficientes que demuestren, con el rigor exigible, la incorrección de los valores" establecidos en el citado real decreto.
"Es necesario resaltar desde un principio que dichos límites son el resultado de una compleja revisión científica internacional", añade el Supremo, que recuerda que el umbral de protección para las personas se fijó no en el umbral de protección mínimamente segurdo, sino a uno cincuenta veces inferior.
En cuanto a las antenas de telefonía móvil, el Alto Tribunal indica que, según un informe elaborado en abril de 2003 por la Administración del Estado, las mediciones efectuadas fueron realizadas correctamente y permitieron comprobar que los niveles de exposición en el entorno de las estaciones, donde pueden permanecer habitualmente las personas, se encontraban por debajo de los límites. Es más, el informe "concluye que las mediciones llevadas a cabo en todo el territorio nacional han arrojado valores de exposición radioeléctrica muy inferiores a los señalados en el Real Decreto 1066/2001 como límite de referencia que garantiza la salud para las personas".
(SERVIMEDIA)
01 Jul 2006
VBR