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EL SUPREMO ASEGURA QUE ATUTXA, KNORR Y BILBAO DESOBEDECIERON DE FORMA "CONSCIENTE Y DELIBERADA" LAS ÓRDENES DEL TRIBUNAL

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha asegurado que el ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y los miembros de la Mesa de la Cámara Gorka Knorr y Kontxi Bilbao desobedecieron de forma "consciente y deliberada" las órdenes del tribunal, en las que se les exigía la disolución del grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak tras la ilegalización de Batasuana en 2003.

El Alto Tribunal hace esta afirmación en la sentencia hecha pública hoy por la que condena a Atutxa a un año y medio de inhabilitación y a una multa de 18.000 euros y a Knorr (EA) y Bilbao (Ezker Batua) a un año de inhabilitación y al pago de una multa de 12.000 euros por un delito de desobediencia.

En la citada resolución, que ha contado con el voto particular discrepante de cinco de los doce magistrados de la Sala de lo Penal, se asegura que los tres condenados "camuflaron su contumaz rechazo a los efectos jurídicos derivados del proceso de ilegalización de Batasuna, suscitando una aparente controversia jurídica".

"En definitiva, se negaron abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial emanada de un órgano jurisdiccional", señalan los magistrados del Supremo.

Por otro lado, afirman que "no resulta fácil aceptar" en el presidente de un parlamento autonómico, ni en los integrantes de su Mesa, "un desconocimiento de las implicaciones jurídicas" del artículo 118 de la Constitución Española, "en el que se proclama de forma inequívoca el deber constitucional de acatamiento de las resoluciones judiciales".

La decisión del Supremo estima el recurso de casación interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que absolvió a Knorr, Bilbao y Atutxa por un delito de desobediencia.

DOCTRINA BOTÍN

Por otro lado, la sentencia hecha pública hoy sienta una importante doctrina, ya que viene a aclarar los límites de la acción de las acusaciones populares en los procedimientos jurídicos.

Los magistrados del Tribunal Supremo aseguran que, si la acusación popular se persona al inicio del procedimiento, ésta podrá ejercer su acción acusatoria con pleno derecho hasta el final del proceso, incluso cuando el Ministerio Fiscal decida retirar su acusación.

Además, y para explicar por qué la decisión adoptada con respecto a Atutxa, Knorr y Bilbao difiere en gran medida de la establecida en el "caso Botín", el Supremo explica que en el caso del delito de desobediencia, al no existir un perjudicado directo, la acusación popular tiene pleno derecho para ejercer en solitario la acción acusatoria.

En el procedimiento seguido contra el presidente del banco Santander, Emilio Botín, en el caso de las cesiones de créditos, la causa fue archivada por el Alto Tribunal al entender que la acción en solitario de la acusación popular en un procedimiento abreviado no era suficiente para mantener una acusación.

Los magistrados explican esta diferencia de criterio indicando que si se aceptara "la forzada extensión aplicativa de una doctrina jurisprudencial concebida para supuestos diferentes, estaríamos quebrantando el significado mismo del precedente".

En este sentido, destacan que su decisión de archivar la causa contra Botín, además de por tratarse de delitos distintos a los imputados a Knorr, Atutxa y Bilbao, se debe a que en aquel caso "la acusación popular se personó más de cinco años después de incoadas las diligencia".

Además, la decisión adoptada hoy afecta directamente a otros procedimientos jurídicos en los que la acusación popular es la única parte que ejerce la acción acusatoria.

Entre otros procesos que se encuentran en una situación similar, destacan el que el TSJPV está llevando a cabo contra el lehendakari Juan José Ibarretxe y contra los líderes del PSE Rodolfo Ares y Patxi López, denunciados por reunirse durante la tregua de ETA con representantes de la ilegalizada Batasuna, así como el conocido como "caso del ácido bórico", señalado por la Audiencia Provincial de Madrid para el próximo 25 de junio.

(SERVIMEDIA)
16 Abr 2008
CAA