EL SUPREMO ANULA LA CONDENA A UN JOVEN HALLADO CON "COCTELES MOLOTOV", POR DEFECTO DE FORMA EN EL JUICIO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha declarado nula una sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, que condenó a Joseba E.O., de 22 años, a tres años de prisión por tenenci de "cócteles molotov", y ha obligado a repetir el juicio porque uno de los jueces que dictó sentencia no presenció la vista oral.

La magistrada Blanca Gesto Alonso, que dictó la sentencia recurrida junto a José Francisco Cobo Sáenz y Juan Manuel Fernández Martínez, no asistió a la vista del juicio oral, por lo que, según el Alto Tribunal, no se está respetando "el derecho a la jurisdicción, la primera manifestación de la tutela judicial efectiva".

El imputado había sido condenado a tres años de risión tras ser hallado en posesión, el 29 de diciembre de 1997, de un número no precisado de "cócteles molotov".

Los magistrados del Supremo consideran que "quien no ha presenciado el juicio oral y dicta sentencia, incurre en un total apartamiento de las normas esenciales del proceso penal en cuanto al principio de inmediación judicial, que conlleva el de oralidad, contradicción y audiencia, y es llano que en esta situación se produce una grave indefención para el condenado".

(SERVIMEDIA)
07 Mayo 1991
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