EL SUPREMO ACLARA QUE LA INHABILITACIÓN DE ATUTXA, KNÖRR Y BILBAO ES SÓLO PARA EJERCER CARGOS PARLAMENTARIOS
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El Tribunal Supremo ha aclarado que la inhabilitación de un año y medio con la que fue condenado el ex presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, y la inhabilitación de un año que recayó sobre el que fuera vicepresidente de la Cámara, Gorka Knörr, y la secretaria de la Mesa, Kontxi Bilbao, se refiere sólo al ejercicio de cargos parlamentarios.
A través de un auto de aclaración, hecho público hoy, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal señala que las penas de inhabilitación impuestas por un delito de desobediencia "se refieren a la privación del cargo de parlamentario, con todos los honores que le fueran anejos y a la incapacidad para obtener ese mismo cargo durante el tiempo de la condena".
El pasado 16 de abril, el Tribunal Supremo condenó a Atutxa a la citada inhabilitación para cargo público y al pago de una multa de 18.000 euros y a Knörr y a Bilbao a una multa de 12.000 por un delito de desobedencia en el que incurrieron al negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak tras la ilegalización de Batasuna en el año 2003.
La aclaración, solicitada por la defensa de Atutxa, Knörr y Bilbao, señala que la condena se aplica sólo a "cargos o empleos que están directamente relacionados con la comisión del hecho punible que ha sido objeto de condena".
De esta forma, Atutxa podrá continuar siendo presidente de la Fundación Sabino Arana, vinculada al Partido Nacionalista Vasco (PNV). Todo lo contrario sucede con Bilbao, que sigue siendo diputada del Parlamento Vasco, cargo para el que ha sido inhabilitada por el Alto Tribunal.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2008
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