EL SUPEMO FIJA QUE LOS TRABAJADORES QUE ESTUDIAN PUEDEN ELEGIR EL TURNO QUE MEJOR LES CONVENGA

- En una sentencia que unifica doctrina en este sentido

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que los trabajadores que realicen estudios oficiales pueden elegir en su empresa, siempre que exista la modalidad de trabajo a turnos, el horario que mejor les convenga para poder realizar sus estudios.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Servimedia,que además unifica doctrina en este sentido y antepone los estudios, ya sean para la consecución de un título académico o profesional, a la imposición de turno por parte de las empresas.

El fallo se refiere a un trabajador que, con el turno de mañana, se matriculó en la Universidad de Barcelona para cursar estudios por las tardes. Con motivo de un acuerdo entre su compañía y el comité de empresa, los turnos se convirtieron en rotatorios y el citado trabajador fue obligado a trabajar por la tarde.

Después de varios recursos ante diversas instancias, el asunto ha llegado al Supremo que, tras contrastar con sentencias similares, ha establecido finalmente la prioridad de los estudios y unificado doctrina.

"Los trabajadores que cursen estudios para la obtención de un título académico o profesional (...) tienen preferencia a elegir turno de trabajo, con independencia del régimen instaurado por la empresa, ya se trate de turno fijo o rotatorio, siempre que este sistema de trabajo sea el implantado enla empresa", sentencia el Supremo.

Para llegar a esta afirmación, los magistrados se apoyan en los artículos 27.1, 35.1 y 40 de la Constitución Española y en los números 4.2 b y 23.1 del Estatuto de los Trabajadores, que hacen prevalecer frente a otra circunstancia "el ejercicio por los trabajadores de su derecho a la promoción profesional".

(SERVIMEDIA)
10 Dic 2003
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