Ingreso Mínimo
Solo el 12%de la población bajo el umbral de la pobreza percibe el Ingreso Mínimo Vital
- Aún no llega a la mitad de los beneficiarios previstos, según los directores de servicios Sociales
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Solo el 12,08% de la población bajo el umbral de la pobreza en España se beneficia del Ingreso Mínimo Vital (IMV), lo que supone 1.060.609 personas Y 428.000 hogares.
Así lo indicó este martes la asociación de directoras y gerentes de Servicios Sociales, tras subrayar que casi dos años después de su puesta en marcha, el IMV aún no ha alcanzado “ni a la mitad de los beneficiarios” que en un principio previó el Gobierno.
Según destacó la asociación, el IMV sólo llega al 46% de las personas beneficiarias previstas, con lo que todavía quedan más de 1.200.000 por incorporar para cumplir el objetivo de los 2.300.000 usuarios.
Por otro lado, subrayó que “la cobertura del Ingreso Mínimo Vital continúa siendo desigual en el territorio nacional”.
“Hay comunidades que solo tienen una cobertura del 7,1%, como Cataluña, o del 7,5% como Canarias, mientras que Navarra supera el 27% y Ceuta y Melilla se sitúan en torno al 25%”, detalló.
Asimismo, criticó que solo una de cada cuatro de los 1,7 millones de solicitudes tramitadas se resolvió de forma positiva.
MEJORAS
Con todo, los Directores de Servicios Sociales destacaron que desde diciembre de 2021, se han unido a la percepción del IMV 330.000 personas. “En sólo tres meses se han incorporado mayor número de personas que en el período de nueve meses de marzo a diciembre de 2021”, señaló, pasando “de una media de unos 30.000 perceptores nuevos cada mes, a 110.000 en el último trimestre”.
A su juicio, las modificaciones incorporadas tras el trámite parlamentario en la ley 19/2021 del Ingreso Mínimo, que entraron en vigor en enero de 2022, “han aumentado el ritmo de concesiones y favorecido la incorporación de nuevos perceptores”.
Sin embargo, “reclamamos nuevos cambios que ayuden a llegar al objetivo previsto en la aprobación de la ley”, insistió.
Finalmente, pidió que las personas refugiadas o con cualquier tipo de protección internacional puedan acceder al IMV desde el principio, y que no se les aplique el requisito de un año de residencia legal previo a la solicitud.
(SERVIMEDIA)
12 Abr 2022
AGQ/man