LA SOLICITUD PARA IMPORTAR SUSTANCIAS DAÑINAS PARA EL OZONO CONCLUIRA EL 1 DE SEPTIEMBRE
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Las empresas que deseen importar en 1999 sustancias dañinas para la capa de ozono, tienen todavía un mes de plazo para pedir la licencia a la Comisión Europea, según informa"Aquí Europa".
Algunas de estas sustancias pueden importarse a la Unión Europea pero sólo en determinadas cantidades, por lo queestán sujetas a restricciones, ya que producen efectos perjudiciales para la capa de ozono y la salud humana.
Las sustancias que minan dicha capa de la atmósfera son los CFCs 11, 12, 113, 114 ó 115, los CFCs halogenados, el halón 1211, 1301 ó 2402, así como el tetracloruro de carbono 1, el 1-tricloroetano, el bromuro de metilo, el hidrobromufuorocarbonos y los hidroclorofluorocarbonos. Sin embargo, todas ellas son legales y pueden importarse a la Unión Europea.
Según el Protocolo de Montreal, la E podrá importar 5.000 toneladas métricas de CFC en 1999. También se podrá producir y consumir lo necesario para abastecer a los laboratorios, donde los CFCs son "esenciales".
Por su parte, la Comisión Europea examinará todas las peticiones recibidas antes del 1 de septiembre y comunicará a los solicitantes la cuota que les ha sido asignada. En 1999, las empresas que hayan obtenido cuota, deberán solicitar una licencia de importación para cada expedición de sustancias reguladas.
(SERVIMEDIA)
08 Ago 1991
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