SOGECABLE. SAINZ MORENO CREE QUE LA ACTUACION DEL JUEZ "DEMUESTRA QUE LA SITUACION DE CANAL+ ES MAS GRAVE DE L QUE APARENTA"
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El abogado Francisco Javier Sainz Moreno, autor de la querella contra los responsables de Sogecable, manifestó hoy que la decisión del juez Javier Gómez de Liaño de no autorizar a Jesús de Polanco a viajar a Estados Unidos "demuestra que la situación de Canal+ es más grave de lo que quieren aparentar sus directivos".
El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, que instruye la querella contra el Consejo de Administración de Sogecable, rechazó hy la petición del presidente de la sociedad, Jesús de Polanco, para viajar a EEUU a finales de abril, indicando que podría ser citado a declarar como imputado ante su juzgado en esos días.
En declaraciones a Servimedia, Sainz Moreno indicó que la gravedad del asunto ya ha quedado demostrada con la ampliación de la querella al director de Canal+, Carlos Abad. "Una querella que se va archivar no es, por lógica, ampliable a otras personas", dijo el abogado.
"Es revelador que el juez haya ampliado laquerella y que quiera que esta persona (Jesús de Polanco) esté en España para contestar a sus preguntas. Ambas medidas son reveladoras de la gravedad del caso que nos ocupa", añadió.
Polanco solicitó al magistrado poder trasladarse del 25 de abril al 5 de mayo a Estados Unidos con el objeto de asistir a su investidura como doctor 'honoris causa' por la Universidad norteamericana de Brown.
Sin embargo, en su resolución, el magistrado rechaza dicha petición dado que, según señala, existe una "alta robabilidad" de que en la fecha en la que Polanco tiene previsto viajar éste pueda ser citado para prestar declaración como imputado o que incluso lo haya hecho ya.
SEGURO
Respecto al seguro de caución gestionado por Sogecable con AIG Europe por valor de 150 millones de dólares como garantía de devolución de los depósitos sobre descodificadores de sus clientes, Sainz Moreno informó hoy que ha presentado un escrito al magistrado en el que afirma que el "documento carece de todo valor", al considerar ue no "no contiene ni determina elementos esenciales y requisitos imprescindibles".
Entre las alegaciones formuladas, el abogado expone que el documento no contiene "ni el lugar ni la fecha de la firma", "no se expresa la forma y el lugar de pago de la prima" y "no consta que se haya pagado la prima, requisito normalmente imprescindible para la entrada en vigor de todo contrato de seguro".
(SERVIMEDIA)
04 Abr 1997
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