SOGECABLE. SAINZ MORENO ASEGURA AL JUEZ QUE SOGECABLE NUNCA TRIBUTO COMO "PRENDAS" LOS DEPOSITOS DE CANAL+

- El querellante afirma que ha qedado desmontada la teoría de Sogecable sobre las fianzas como "prendas irregulares"

MADRID
SERVIMEDIA

El abogado Francisco Javier Sainz Moreno, autor de una de las querellas interpuestas contra Sogecable, ha presentado un escrito ante el juez Javier Gómez de Liaño en el que asegura que esta empresa nunca tributó como "prendas irregulares" los depósitos de los abonados a Canal+.

En el escrito, al que tuvo acceso Servimedia, el letrado afirma que Sogecable "nunca ha presentado declración ni tributado como prenda por los depósitos en garantía, sencillamente porque no los consideran una prenda, sino un depósito".

Sainz Moreno aseguró hoy que ha conseguido desmontar la teoría del equipo de abogados y catedráticos de Sogecable, según la cual las fianzas de los abonados de Canal+ tienen carácter de "prenda irregular" y no de depósito, por lo que habrían gastado legalmente el dinero, sin obligación de tenerlo inmovilizado.

En su escrito al magistrado, el letrado dice que basta eaminar un contrato de suscripción a Canal+ para constatar que la cantidad pagada lleva aplicada el impuesto del IVA. "Sin embargo, al fijarse la cifra del depósito, no se dice que lleva el impuesto incluido", señala.

El abogado indica que la ley aplica el 1 por ciento de cuota tributaria por la constitución de diversos conceptos, entre ellos los "derechos reales de garantía" o la fianzas.

El escrito concluye que pretender que los depósitos eran prendas, "supondría sostener que han cometido más dedos millones de infracciones tributarias -1,4 millones de contratos de abono más los 400.00 contratos de abono dados de baja-, infracciones que, además, serían infracciones tributarias graves conforme al artículo 79 de la Ley General Tributaria".

Sainz Moreno manifestó hoy que esta supuesta omisión tributaria es la "prueba definitiva" de la actuación presuntamente irregular de Sogecable.

(SERVIMEDIA)
05 Jun 1997
JRN