LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN INMOBILIARIA COTIZARÁN AL 18% Y LOS SOCIOS NO PAGARÁN IMPUESTOS POR EL COBRO DE DIVIDENDOS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley por el que se regulan las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi).
Según el Gobierno, se han introducido mejoras en el proyecto con el objetivo de conseguir una mejor adaptación a las necesidades del mercado inmobiliario.
Este nuevo instrumento tiene como objetivos fundamentales continuar con el impulso del mercado del alquiler en España, elevando su profesionalización, facilitando el acceso de los ciudadanos a la vivienda, incrementando la competitividad en los mercados de valores españoles y dinamizando el mercado inmobiliario.
Estas sociedades cotizadas tributarán por los beneficios distribuidos a un tipo reducido del 18% en el Impuesto sobre Sociedades.
En cuanto a los socios, estarán exentos del pago de impuestos por los dividendos percibidos de la sociedad, en el caso de personas físicas y no residentes. Si los socios son personas jurídicas, los dividendos percibidos se integrarán en la base imponible, pero se aplicarán una deducción en cuota del 18%.
Por otra parte, gozarán de un régimen fiscal favorable y estarán exentas del Impuesto de Sociedades siempre que cumplan unos determinados requisitos.
Entre otras cuestiones, estas sociedades deben tener la forma jurídica de sociedad anónima y cotizar en mercados regulados. Además, su activo debe estar invertido, al menos, en un 85% en inmuebles urbanos destinados al arrendamiento y adquiridos en plena propiedad.
Anualmente, deberán distribuir entre sus accionistas, al menos, el 90% de los beneficios procedentes del arrendamiento de sus inmuebles y participaciones y, al menos, el 50% de los beneficios derivados de la transmisión de inmuebles y participaciones.
(SERVIMEDIA)
05 Dic 2008
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