SINDICATOS Y PATRONAL PACTAN "FLEXIBILIDAD" EN LAS EMPRESAS Y "MODERACION SALARIAL" PARA SALVAGUARDAR EL EMPLEO
- El acuerdo contempla la posibilidad de incumplir el régimen salarial en casos de crisis
- Hace un llamamiento a los empresarios para hacer "con rigurosidad" la conversión a euros
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Acuerdo para la Negociación Colectiva 2002, que el próximo jueves firmaránCEOE, Cepyme, CCOO y UGT, apela a la "responsabilidad social" de estas organizaciones para ofrecer una "señal de confianza" a toda la sociedad para garantizar la competitividad y el empleo mediante la "flexibilidad interna de las empresas" y la "moderación de costes salariales".
Así se recoge en el texto del Acuerdo, al que ha tenido acceso Servimedia,que se estructura en dos títulos. El primero de ellos tiene tres puntos: Naturaleza jurídica y ámbito funcional; Ambito temporal, y Comisión de seguimieto. El segundo se divide en cinco capítulos: Consideraciones sobre la competitividad y el empleo en 2002; Criterios en materia salarial; Criterios en materia de empleo; Criterios en materia de seguridad y salud en el trabajo; y Criterios generales del procedimiento negociador.
El Acuerdo establece una serie de "criterios, orientaciones y recomendaciones" que "revisten jurídicamente carácter obligacional" y que tienen vigencia desde el 1 de enero del 2002 hasta el 31 de diciembre del mismo año, aunque asados nueve meses se evaluará la aplicación del mismo "en orden a su posible renovación o prórroga".
Asimismo, establece la creación de una Comisión de Seguimiento del Acuerdo, integrada por tres representantes de cada una de las organizaciones firmantes del mismo y que tendrá como labor la "interpretación, aplicación y seguimiento" del pacto, así como actuar de árbitro en caso de conflicto. Tiene el mandato, además, de realizar un estudio sobre la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y a determinación de las prácticas más adecuadas para fomentar la citada igualdad.
En el Acuerdo se señala al empleo como "motor del crecimiento y de la calidad de vida, y la estabilidad de costes y precios condición necesaria para asegurar la competitividad de las empresas". Sindicatos y empresarios recomiendan a los negociadores de convenios la moderación de costes y la flexibilidad interna en las empresas, como elementos efectivos para situaciones de dificultades que pudieran dañar al empleo.
MODERCION SALARIAL
Los firmantes declaran su intención de desarrollar en el 2002 una "política de moderado crecimiento de los salarios", en el que se tenga como primera referencia la inflación prevista por el Gobierno (2% que no se cita en ningún momento). Se abre la posibilidad a que los salarios crezcan por encima de dicha cota "dentro de los límites derivados del incremento de la productividad", que debe tener como prioridad el mantenimiento del empleo, el favorecer las inversiones productivas y el sostnimiento del poder adquisitivo de los salarios, como elemento de garantía del empleo y del crecimiento económico a través del consumo.
"Los convenios colectivos así negociados incorporarán una cláusula de revisión salarial, sin que ello trunque el objetivo de moderación salarial", añade el texto, que considera este modelo el "apropiado para evitar espirales inflacionistas nada deseables". En este sentido, "no deben utilizarse otras previsiones de inflación distintas de las oficiales".
El crecimieto de los salarios deberá tener en cuenta, además, los costes laborales unitarios, de forma que se permita a las empresas, "en particular a las abiertas a la competencia internacional", el mantener el grado de competitividad actual y no verse perjudicadas con respecto a sus competidores.
También se hace un llamamiento a los empresarios a la hora de hacer la conversión de precios de pesetas a euros, que, según los firmantes, "debe realizarse de la forma más estricta, rigurosa y prudente para evitar cuaquier indeseable e injustificado incremento de la inflación derivado de ese proceso de conversión".
CLAUSULAS DE DESCUELGUE
El acuerdo permite que en los convenios de ámbito superior al de empresa se incluya "la llamada cláusula de inaplicación del régimen salarial". De este modo, dichos convenios deben establecer "las condiciones y procedimientos por los que podría no aplicarse el régimen salarial a las empresas cuya estabilidad económica pudiera verse dañada como consecuencia de tal aplicación". En cuanto al empleo, el texto del "Acuerdo sobre Negociación Colectiva 2002" apunta como objetivos el mantenimiento y la creación de empleo, evitando ajustes traumáticos de plantilla; fomentar la estabilidad en el empleo; impulsar la cualificación de los trabajadores y promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, contribuyendo a la eliminación de discriminaciones y al cumplimiento de la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.
La estabilidad del empleo debe ser un elemento " tener presente como garantía de competitividad" para las empresas y de "seguridad" para los trabajadores. La negociación colectiva constituye un "instrumento adecuado para establecer compromisos de conversión de contratos temporales en indefinidos".
Asimismo, el acuerdo contempla una seria de criterios a la hora de fijar los usos de los diferentes contratos ante las necesidades coyunturales de las empresas. Así se establecen las condiciones para realizar contratos de obra, eventuales, formativos, fijs discontinuos, de relevo y a tiempo parcial, además de señalar que se deben adoptar fórmulas "que eviten el encadenamiento injustificado de sucesivos contratos temporales".
La flexibilización de la jornada de trabajo es otro de los términos del presente acuerdo, que aboga por establecer sistemas que favorezcan la "capacidad de adaptación de las empresas". Además, se intenta limitar la realización de horas extraordinarias que "no sean estrictamente necesarias dado que perjudican la creación y el manteimiento del empleo".
Las organizaciones empresariales y sindicales de ámbito sectorial se consideran "interlocutores apropiados" para abordar análisis sobre la competitividad y el empleo, para lo que se propone la creación de "observatorios" de carácter sectorial que contribuyan "eficazmente" a gestionar anticipadamente los cambios que puedan producirse.
(SERVIMEDIA)
16 Dic 2001
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