SIDA. LA XUNTA GALLEGA PAGARA 30 MILLONES A LA FAMILIA DE UNA MUJER CONTAMINADA POR UNA TRANSFUSION DE SANGRE

- No le hicieron las pruebas del VIH hasta cinco meses antes de morir

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado al Servicio Gallego e Salud, dependiente de la Xunta de Galicia, a pagar una indemnización de 30 millones de pesetas al marido y el hijo de una mujer que murió de SIDA en 1992, diez años después de recibir una trasfusión de sangre contaminada.

La sentencia del Tribunal Supremo relata que, en 1982, María Luisa Rial fue atendida en el entonces centro médico de Nuestra Señora del Cristal, de Orense, actualmente llamado Complejo Hospitalario Cristal-Piñol, dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Galicia. Allí sele diagnosticó un posible mioma, y se le practicó una trasfusión sanguínea.

A partir del año 1990, la paciente acudió en varias ocasiones al centro médico, aquejada de diversos males que afectaban a su salud, que se iba deteriorando progresivamente. Fue ingresada y dada de alta varias veces, pero no se le practicó ninguna prueba médica para detectar si tenía el VIH.

Hasta febrero de 1992, cinco meses antes de morir, no le fue comunicado al marido de la paciente que ésta padecía la enfermedad del IDA como consencuencia de la trasfusión de sangre que se le había realizado en este hospital.

El Alto Tribunal considera probado que fue la trasfusión la causa del contagio, puesto que los primeros síntomas comenzaron seis meses después de realizarse. Asimismo, indica que, aunque la enfermedad aún no había sido detectada en España, ya se conocían las autotrasfusiones, que podían habérsele aplicado a la paciente.

Asimismo, indica que la negligencia médica está "suficientemente acreditada", puesto ue la mujer acudió al hospital en 1990, cuando "a nivel científico e incluso popular se tenía noticias suficientes de los síntomas y graves consecuencias del sida". Además, a partir de 1985 se disponía en los centros hospitalarios de las técnicas precisas para combatir el desarrollo del sida.

Pese a ello, y a los antecedentes de la paciente, que había sido sometida a una trasfusión sanguínea "no suficientemente controlada en cuanto a su procedencia, necesidad e inocuidad", no se le practicó "analíticani actividad médica alguna para averiguar las causas del progresivo deterioro que afectaba a su salud", por lo que no se le pudo administrar un tratamiento contra la enfermedad.

(SERVIMEDIA)
02 Ene 2000
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