EL SENADO DA LUZ VERDE A LAS LEYES DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTECCION PATRIMONIAL DE LOS DISCAPACITADOS

-La Ley de Igualdad de Oportunidades incluye en su articulado la carga de la prueba en relación con la discapacidad

MADRID
SERVIMEDIA

El Senado dio hoy luz verde al proyecto de Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Uniersal de las Personas con Discapacidad y también al proyecto de Ley de Protección Patrimonial de los Discapacitados. El primero de estos proyectos deberá ser ratificado por el pleno de la Cámara Alta, mientras que el segundo será remitido ya directamente al Congreso, para su aprobación definitiva.

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Senado estableció finalmente en el articulado del proyecto de ley de igualdad de oportunidades que, en caso de denuncia, la carga de la prueba para demostrar queno hay discriminación por discapacidad recaiga en el demandado, una de las reclamaciones que había planteado el Comité Español de Representantes de las Personas con Discapacidad (CERMI) a los distintos grupos.

La modificación delega en el juez la iniciativa de aplicar la carga de la prueba en aquellos casos en los que el demandado haya podido incurrir en "graves indicios de discriminación".

El artículo señala textualmente que, "en aquellos procesos jurisdiccionales en los que de las alegaciones d la parte autora se deduzca la existencia de graves indicios de discriminación directa o indirecta por razón de discapacidad, el Juez o Tribunal, tras la apreciación de los mismos, teniendo prevista la disponibilidad y facilidad probatoria que corresponde a cada una de las partes del litigio y el principio procesal de igualdad de partes, podrá exigir al demandado la aportación de una justificación objetiva y razonable, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad".

De esta forma, una empresa o culquier otra entidad sobre la que recaigan indicios fundados de que ha discriminado a una persona por razón de discapacidad tendrá que demostrar de manera "objetiva" que no ha cometido ninguna acción de discriminación, si el juez así lo estima.

El Senado también acordó la constitución, dentro del Consejo Nacional de la Discapaciad, de una oficina permanente especializada, con la que colaborarán las asociaciones de utilidad pública más representativas de las personas con discapacidad y sus familias, quevelará por la igualdad de oportunidades.

Asimismo, la Cámara incluyó una enmienda para que en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la norma, el Gobierno regule la lengua de signos, para garantizar los derechos de sus usuarios.

El texto que se remite al Senado fue aprobado con los votos del PP, mientras que CiU se opuso, por entender que invade competencias de las comunidades autónomas en materia de servicios sociales, y el PSOE se abstuvo.

Para la senadora María Cruz Rodríguez-Sldaña, la ley permitirá crear "una cultura de no discriminación y accesibilidad".

Por el contrario, el senador socialista Angel Díaz denunció que el proyecto de ley carece de compromisos concretos, no prevé sanciones para quienes la incumplan y tiene, dijo, "un carácter meramente declaratorio".

PROTECCION PATRIMONIAL

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales de la Cámara Alta también dio luz verde al proyecto de Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, que incluye varias odificaciones en el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la normativa tributaria.

La nueva normativa, cuya aprobación definitiva se producirá en breve en el Congreso de los Diputados, posibilita a las comunidades autónomas declarar la exención del impuesto sobre el patrimonio de los bienes que formen parte del Patrimonio Protegido de las Personas con Discapacidad.

El proyecto de ley pretende regular la creación de un patrimonio protegido para las personas con discapacidad, cuyo objetivosería satisfacer las necesidades vitales de estas personas en ausencia de sus padres o tutores.

Los beneficiarios del patrimonio podrán ser las personas con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 por ciento o una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 por ciento. Lo podrán crear los padres o tutores, según recoge la norma, del discapacitado en el supuesto de que éste no tenga capacidad de hacerlo, o él mismo si tiene "capacidad de obrar suficiente".

La ley modifica el Cóigo Civil para regular la autotutela y ampliar la facultad testamentaria del testador, entre otras cuestiones, e incluye numerosos aspectos que afectan al régimen tributario de las aportaciones al Patrimonio Protegido.

(SERVIMEDIA)
21 Oct 2003
GJA