SEIS INCAPACITADO PSIQUICOS DE MADRID Y BARCELONA ESPERAN UNA DECISION JUDICIAL SOBRE SU ESTERILIZACION
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Cinco peticiones de familiares de incapacitados psíquicos que solicitan autorización legal para esterilizarlos esperan en la actualidad sobre la mesa del juez Juan Manuel Fernández López, titular del Juzgado de Primera Instancia número 30 de Madrid, a la espera de que el magistrado tome una decisión, según informaron a Servimedia fuentes judiciales.
Por lo que se refiere a Barcelon, la Fiscalía únicamente ha sido informada de una solicitud para esterilizar a un incapacitado psíquico. La petición, al igual que las de Madrid, está todavía sin resolver.
Los padres o tutores de estos enfermos alegan, en unos casos, que el comportamiento sexual de sus protegidos podría ocasionar embarazos con riesgo de que la descendencia heredara la incapacidad de la madre. En otros, argumentan que el incapacitado psíquico no podría ocuparse de sus hijos o que su actitud sexual es reprobable.
ras la reforma de 1983, la ley española solamente autoriza la esterilización de aquellas personas declaradas incapaces judicialmente.
Este requisito explica que el citado juzgado madrileño, el único de España que se ocupa exclusivamente de casos relacionados con incapacitaciones y tutorías, haya desestimado numerosas solicitudes para esterilizar a disminuidos psíquicos que no estaban reconocidos como incapacitados mediante resolución judicial.
Según indicaron a Servimedia las fuentes consultadas,es muy difícil conocer el número real de operaciones de esterilización que se practican en España a disminuidos psíquicos.
Un abogado catalán indicó que las esterilizaciones a este tipo de personas "es un asunto en el que se barajan muchas cifras negras". Según este letrado, hasta hace poco tiempo, en Barcelona era "público y notorio" que una conocida clínica privada practicaba estas operaciones.
Para el magistrado Juan Manuel Fernández, esta práctica también era muy usual en hospitales madrileño: cuando los disminuidos estaban en condiciones de prestar su consentimiento -con lo que recibían el mismo tratamiento que una persona no incapacitada- lo hacían de forma legal, y cuando no era así también practicaban la operación, aunque ilegalmente.
La polémica sobre la esterilización de incapaces psíquicos, autorizada legalmente en España por los artículos 418 y 428 del Código Penal, ha resurgido, tras años de silencio, a raíz de la decisión de un tribunal austriaco, que la pasada semana aprobó la astración de un oligofrénico.
El régimen nazi es el que más ha destacado por la práctica desmedida de estas intervenciones, al permitir la esterilización, en virtud de la Ley de Prevención de Enfermedades Hereditarias en las Generaciones Futuras, aprobada en 1933.
Los nazis no sólo autorizaron la esterilización, sino que la impusieron en los casos de enfermedades hereditarias y como medida de defensa social en los casos de delitos contra las costumbres.
El resultado fue que aproximadamente uas 350.000 personas fueron esterilizadas durante el III Reich por sufrir deficiencia mental de nacimiento, esquizofrenia, psicosis maniacodepresiva, epilepsia, enfermedad de Huntington o baile de San Vito, ceguera, sordera, grave malformación física, alcoholismo grave o por ser antisociales según el Estado.
REGULACION DESAFORTUNADA
Para el juez Juan Manuel Fernández López, "la cuestión es compleja y está regulada en España de forma desafortunada, ya que se hace a través de un supuesto despenalizador. En principio, el artículo 418 del Código Penal castiga con pena de reclusión menor a los que "de propósito mutilaren o inutilizaren a otro un órgano o miembro principal...".
Sin embargo, el Código Penal, en su artículo 428, indica que "no será punible la esterilización (que no la castración) de persona incapaz que adolezca de grave deficiencia psíquica cuando aquélla haya sido autorizada por el juez, a petición del representante legal del incapaz, oído el dictamen de dos especialistas, el MinisterioFiscal y previa exploración del incapaz".
Con esta ley, dijo Juan Manuel Fernández, "hay muy pocos casos en los que se pueda autorizar la esterilización". La causas, según el juez, son varias y se refieren a las lagunas que presentan los textos legales.
Según el magistrado, la ley, que exige la autorización judicial para proceder a esterilizar a un incapacitado, "silencia qué tramitación o procedimiento se debe seguir, al tiempo que no especifica lo que se entiende por 'grave deficiencia psíquica".
"Por tanto", agregó, "ya que la esterilización es un método irreversible y debe utilizarse siempre teniendo en cuenta la protección y beneficio de los incapacitados, los jueces nos vemos obligados a aplicar la ley en su sentido más restrictivo, e interpretar tal deficiencia grave como la que anule la comprensión de la sexualidad, la paternidad o maternidad, según el caso".
El resultado es que los familiares de incapaces sin ningún grado de discernimiento, que no comprenden el sentido de la opeación, pueden conseguir del juez una resolución favorable a la esterilización.
Más difícil lo tienen los familiares de enfermos con ciertas facultades de razonamiento, como es el caso de una familia que solicitó la autorización para un incapaz que tiene cierto grado de comprensión y no quiere ser esterilizado. La decisión está en manos del juez, quien decidirá qué es lo que más le beneficia.
En definitiva, se trata, según dijo a Servimedia Jesús María Silva Sánchez, profesor de Derecho Penal de l Universidad Central de Barcelona y autor del libro "La esterilización de disminuidos psíquicos", de "determinar si todos los deficientes mentales son incapaces para consentir o, de no ser así, cuáles de ellos lo son y cuáles no".
La ley no determina la especialidad de los facultativos que deben realizar el dictamen exigido para autorizar o denegar la operación, ni especifica en qué deben basarse el examen médico y la exploración que ha de efectuar el juez.
"En definitiva", comentó Jesús María Siva, "los jueces tienen serias dificultades para pronunciarse en un tema tan delicado, y muchos opinan que es absurdo obligar a un juez civil a que se pronuncie sobre una autorización cuando en el fondo poco puede añadir a los exámenes de los especialistas médicos".
Según el profesor, muchos juristas han establecido paralelismos entre este problema y la regulación del aborto en España, y han llegado a plantear la posibilidad de que el dictamen de especialistas médicos sea suficiente para autorizar o deegar las operaciones de esterilización a incapacitados psíquicos.
(SERVIMEDIA)
28 Ene 1991