EL SEGURO DEL AUTOMOVIL CUBRIRA LOS DAÑOS CAUSADOS POR CONDUCTORES SUICIDAS Y POR LOS QUE ESTEN BAJO EL EFECTO DEL ACOHOL Y LAS DROGAS

MADRID
SERVIMEDIA

El seguro del automóvil cubrirá los daños causados por conductores suicidas y los de aqellos que actúen bajo la influencia del alchohol y las drogas tóxicas, según el Reglamento sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

Según informó en una nota el Portavoz del Gobierno, este nuevo reglamento responde a los cambios introducidos en la Ley de Ordenación y Supervisión de los seguros privados, basado fundamentalmente en la necesidad de trasponer al ordenamiento interno la normativa comunitaria sobre el automóvil y a adpatación de la experiencia adquirida en los años de aplicación de la normativa al sector.

El citado reglamento tiene entre sus novedades, el que se considera como hecho de la circulación la utilización del vehículo como instrumento para la comisión de delitos contra la seguridad del tráfico, lo que significa que quedan cubiertos por este seguro los daños causados por los conductores suicidas.

Asimismo, están amparados por el seguro los accidentes de circulación causados por la conducción bajolos efectos del alcohol o drogas tóxicas, en los que el asegurador ha de indemnizar al perjudicado, sin perjuicio de su derecho a actuar contra el culpalble.

Además, por primera vez en la regulación del seguro obligatorio del automóvil, los gastos de asistencia sanitaria derivados de accidentes de tráfico, no tienen ningún límite cuantitativo por lo que deberán satisfacer todos los gastos necesarios para la plena sanación y recuperación de los accidentados, con independencia del centro hospitalario utlizado.

Tambien se encuentran entre los aspectos novedosos de este reglamento la regulación de un fichero informativo de vehículos asegurados que administra el Consorcio de Composición de Seguros, para facilitar el cruce de datos con el fichero de vehículos matriculados gestionado por la Dirección General de Tráfico.

Igualmente, se obliga a las aseguradoras a expedir a favor de los propietarios de vehículos un certificado de antecedentes siniestrales, lo que favorece, en el cambio de entidad asegradora, la fijación del precio del seguro en relación al verdadero riesgo asumido por las entidades aseguradoras en la contratación de los seguros del automóvil.

(SERVIMEDIA)
12 Ene 2001
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