LA SEGURIDAD SOCIAL INGRESO 92.353 MILLONES EN RECAUDACION EJECUTIVA ENTRE ENERO Y OCTUBRE DEL 94
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La Seguridad Social ingresó 92.353 millones de pesetas entre enero y octubre del año pasado mediante las actuaciones efectuadas por sus unidades de recaudación ejecutiva (URES) para cobrar las cuotas impagadas por las empresas, según datos del Ministerio e Trabajo a los que tuvo acceso Servimedia.
Esa cantidad supone un aumento del 40,87 por ciento en relación al mismo periodo del año anterior y roza ya la previsión del ministerio para todo el ejercicio 1994, que se elevaba a 96.000 millones de pesetas.
Superar dicho objetivo está prácticamente garantizado, dado el ritmo de crecimiento de la recaudación, que en octubre, último mes para el que se dispone de información, ascendió a 8.855 millones de pesetas, un 29 por ciento más que en idéntico perodo del año precedente.
La Seguridad Social completó el año pasado su red de URES hasta un total de 271, desde que la red comenzó a desarrollarse en 1987, lo que ha permitido un crecimiento espectacular de la recuperación de cuotas impagadas.
En concreto, entre 1980 y 1987, cuando la Seguridad Social recaudaba a través de los Juzgados de lo Social, un promedio anual de 18.000 millones), mientras que desde el 87, esa cifra se elevó a 74.000 millones.
Además, en los últimos años las unidades d recaudación ejecutiva han contratado los servicios de agencias especializadas en información comercial, que suministran datos sobre propiedades (coches, casas, etcétera) embargables para que la Seguridad Social pueda resarcirse de los impagos.
Igualmente, para facilitar su tarea,, las URES cuentan, desde el 26 de octubre de 1991, con un Reglamento de Recaudación que establece el derecho de la Seguridad Social a embargar los bienes propiedad del infractor en una cuantía suficiente para garantizar el pgo de la deuda, los recargos y las costas administrativas.
Otra prerrogativa otorgada a la Seguridad Social consiste en que las deudas contraidas con ella tienen la consideración de preferentes sobre otras del empresario y las entidades financieras están obligadas a informar sobre los bienes deudores y a realizar los correspondientes pagos, si son requeridas a ello.
(SERVIMEDIA)
21 Ene 1995
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