EL SECTOR BANCARIO CONSIDERA QUE EL CONSTITUCIONAL RESPALDO LAS COMPETENCIAS ESTATALES EN DISCIPLINA FINANCIERA

MADRID
SERVIMEDIA

La sentencia del Tribunal Constitucional que juzgó como contraria a la Carta Magna parte del artículo 42 de la Ley sobre Disciplina e Interención de las Entidades de Crédito (LDIEC) es globamente "muy favorable a las competencias estatales", según representantes jurídicos del sector bancario consultados por Servimedia.

Estas fuentes recalcaron que, aunque el fallo del Constitucional reconozca algunas competencias a las comunidades autónomas en materia sancionadora, confirma la unidad del sistema financiero y de su supervisión desde el ámbito estatal.

La sentencia, difundida ayer, declara inconstitucional una parte del artículo 42 deesa ley, que fue recurrida por la Generalitat de Cataluña y el Gobierno vasco, en la medida en que omitía la posibilidad sancionadora de estas comunidades autónoma sobre los bancos, reconociéndola solamente para cajas de ahorro y cooperativas de credito.

Las fuentes jurídicas consultadas por esta agencia reconocen que esta sentencia restituye a Cataluña y País Vasco las capacidades sancionadoras que tenían previstas en sus estatutos, e incluso, que se ha producido la novedad de que el Constitucional eplace al Gobierno para promulgar una ley en la que se establezcan los límites a esas facultades, límites sobre los que el Alto Tribunal no se pronuncia.

Sin embargo, las mismas fuentes han enfatizado que el Constitucional deja clara "la unidad de supervisión sobre la solvencia de las entidades por parte del Banco de España".

(SERVIMEDIA)
04 Jun 1996
JCV