SANIDAD CONDENADA A PAGAR 9.000 EUROS POR LA MUERTE DE UN PACIENTE QUE NO RECIBIÓ EL TRATAMIENTO ADECUADO
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Consejería de Sanidad de la comunidad y a QBE Insurance (Europa) LTD a indemnizar con 9.000 euros a la hija de una paciente fallecido en el Hospital La Paz tras no recibir el tratamiento adecuado, según informó hoy la Asociación de El Defensor del Paciente.
En 2006, el fallecido, J.D.M. de 73 años de edad, ingresó en la Unidad de Urgencias del Hospital Universitario La Paz de Madrid por presentar insuficiencia respiratoria, donde quedó ingresado en Observación. Así, días después, su hija acudió al centro y encontró a su padre, quien había sido trasladado a otra sala, al parecer por falta de camas, "muerto y frío".
Dada la "extraña situación" del fallecimiento, la hija del fallecido solicitó la realización de una autopsia intra hospitalaria, que no pudo realizarse al haberse extraviado la autorización para ello. Por tanto, el certificado de defunción fue firmado por el coordinador estableciendo como la causa de la muerte parada cardiaca.
De este modo, la sentencia establece que "la historia médica es incompleta, pues a partir del momento en el que el Servicio de Urgencias ordena el ingreso del paciente en Observación no consta ninguna otra orden médica ni orden de tratamiento para tratar la patología que supuso dicho ingreso, insuficiencia respiratoria y cardiaca".
Además, sostiene que "se desconoce qué hubiera podido pasar si al paciente se le hubiera dado un tratamiento precoz a la insuficiencia respiratoria y cardiaca que padecía, pero ha sido la falta de tratamiento lo que ha producido una pérdida de curación en el enfermo".
(SERVIMEDIA)
23 Jun 2009
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