SANIDAD AMPLIA LA FINANCIACION DE LAS SILLAS DE RUEDAS ELECTRICAS

MADRID
SERVIMEDIA

En los próximos días será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden del Ministerio de Sanidad y Consumo que amplía la financación de las sillas de ruedas eléctricas atendiendo al grado de discapacidad del solicitante.

Según informó hoy el Ministerio de Sanidad, la orden recoge que la financiación se ampliará según discapacidades y no atendiendo a patologías concretas, a fin de que las indicaciones de este tipo de sillas se ajusten más a las necesidades clínicas reales de los pacientes.

Las sillas de ruedas eléctricas tienen un precio medio de 547.000 pesetas, lo que supuso al Sistema Nacional de Salud en 1997 un gastode unos 525 millones. Actualmente se financian exclusivamente para el caso de lesionados medulares cervicales y personas afectadas por enfermedades neuromusculares degenerativas evolucionadas.

PROTESIS

En cuanto a las prótesis de los distintos miembros, recogidas en el nuevo documento dentro de las prótesis especiales, se plantea liberar la aportación del usuario de 4.000 pesetas para las prótesis de restauración de cara, incluyendo las de nariz y pabellones auriculares o globos oculares, y para lasprótesis palatinas, así como la actual aportación de 6.000 pesetas para las prótesis de mama.

Estas prótesis, explica Sanidad, por sus características de suplir la falta de una estructura corporal, podrían asimilarse a las prótesis externas y a determinadas prótesis quirúrgicas, como es el caso de las reparadoras mamarias, para las cuales la financiación de los productos es el total del importe.

La Comisión Técnica Asesora sobre Prestación Ortoprotésica ha aprobado la eliminación de la aportacióndel usuario para este tipo de prótesis para tratar de asimilar, en cuanto a financiación, las prótesis distintas de la de los miembros a las prótesis externas y a las prótesis quirúrgicas, para las que no se ha fijado aportación del usuario.

REGULACION

La orden ministerial hará efectivas ambas consideraciones de la Comisión Técnica Asesora de Prestación Ortoprotésica, en cumplimiento de lo previsto en el apartado undécimo de la orden de 18 de enero de 1996, recogiendo los siguientes cambios: modificción de los criterios de indicación para la financiación de las sillas de ruedas eléctricas y eliminación de la aportación para las prótesis distintas de las de los miembros.

La prestación ortoprotésica financiada por el Sistema Nacional de Salud se regula por la orden de 18 de enero de 1996, que desarrolla el real decreto 63/95 sobre ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.

Dicha orden define el contenido y el ámbito de esta prestación y, en el caso de ortesis y próteis especiales, determina las ayudas económicas, consistentes en la diferencia entre las tarifas de los correspondientes artículos y las aportaciones del usuario.

(SERVIMEDIA)
01 Ago 1999
L