PAÍS VASCO

RTVE REGULA LA PARTICIPACIÓN DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y POLÍTICAS EN SU PROGRAMACIÓN

MADRID
SERVIMEDIA

RTVE ha puesto en marcha el procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a su programación por parte de grupos sociales y políticos significativos, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de RTVE para garantizar la función de servicio público y como mecanismo de garantía del pluralismo en los contenidos.

El Consejo de Administración de la corporación aprobó por unanimidad en junio de 2007 las directrices y el reglamento que fijan los criterios de este procedimiento, que entró en vigor el pasado 1 de enero.

RTVE ha implantado un sistema de control de la participación de organizaciones, asociaciones y entidades susceptibles de acogerse al derecho de acceso en los programas e informativos de TVE y RNE. Dicho sistema lo desarrollarán las direcciones de Informativos y Programas.

Asimismo, se ha implantado un procedimiento de reclamaciones, dirigidas al director de TVE o RNE, según corresponda, que se tramitarán a través de la Dirección de Relaciones Institucionales de RTVE.

El reclamante deberá documentar su derecho sobre la base del reglamento establecido, y deberá explicar la causa de su reclamación.

La comisión prevista por el reglamento resolverá la queja, ante la que se podrán establecer los recursos correspondientes.

A lo largo del primer semestre del año se podrán plantear las quejas, que serán atendidas en el segundo semestre de 2009. Además de los programas y los informativos, habrá especiales que se considerarán de derecho específico de acceso, como la semana "Concienciados" o la "Gala FAO contra el hambre".

Esta normativa desarrollaba lo establecido en la Ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal (17/2006), con el fin de garantizar en su programación la pluralidad social, ideológica y cultural de la sociedad española.

Según recoge dicha normativa, a fin de determinar el grado de significación de las organizaciones sociales, se tendrán en cuenta el número demostrado de miembros, la declaración de utilidad pública y su pertenencia a Consejos y Federaciones de ámbito estatal y autonómico.

También se considerará el número de proyectos financiados por la administración pública; en el caso de partidos políticos y sindicatos, su nivel de representatividad social, y a los grupos religiosos, se aplicará el criterio de notorio arraigo reconocido por el Ministerio de Justicia.

(SERVIMEDIA)
12 Ene 2009
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