ROLDAN.EL ABOGADO DE CAPRILE LE ACONSEJA QUE PRESENTE RECURSO DE AMPARO CONTRA LA LEY DE CONTRATOS DEL ESTADO
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Luis Rodríguez Ramos, el abogado de Mario Caprile, cuya dimisión como presidente de Huarte fue anunciada hoy por la compañía, manifestó a Servimedia que recomendará a su defendido que interponga recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la Ley de Contratos del Estado.
Rodríguez Ramos, que defiende a Caprile y a los ya ex directivos de Huate Ildefonso Aguilar y Manuel Carbajosa, procesados todos ellos por cohecho en el `caso Roldán' por el presunto pago de comisiones para conseguir la contratación de obras, opinó que es "inconstitucional" la disposición de la nueva Ley de Contratos del Estado que prohibe a las administraciones públicas contratar con empresas que tengan algún ejecutivo procesado, lo que ha sido el detonante que ha forzado la dimisión de sus clientes para no perjudicar a la empresa.
El letrado aseguró que esa ley no respta el principio de presunción de inocencia. Agregó que incurre además en un absurdo porque, en caso de condena de algún directivo, permite que la Administración determine si descalifica a la empresa para contratar con el sector público, mientras que la inhabilitación se produce automáticamente cuando se anuncia el procesamiento.
"Es algo que no se entiende. Lo que está probado no genera una incompatiblidad inmediata, y lo que está simplemente 'cosido' sobre indicios sí. Es una locura más de nuestras lyes", dijo el abogado, quien añadió que los directivos de Huarte "han dimitido para no complicarle la vida a la compañía".
Por otra parte, Rodríguez Ramos anunció que el recurso contra el auto de procesamiento dictado contra sus clientes por la jueza Ana Ferrer, que tendrá que presentar antes de las 24 horas del domingo 16, se basará en la inexistencia de indicios suficientes que prueben las acusaciones.
El recurso alegará que las acusaciones se refieren a hechos supuestamente ocurridos en 1989 y1990, antes de la reforma del Código Penal de 1991, y que en esos dos años se consideraba delito sólo que un funcionario cobrara comisiones, pero no el pago de las mismas.
(SERVIMEDIA)
13 Jul 1995
VBR