ROLDAN. EL FISCAL SOSTIENE QUE OLIVARES Y LOS POLICIAS QUE DETUVIERON A ROLDAN NO INCURRIERON EN DESOBEDICENCIA
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El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, José Aranda, sostiene en un informe entregado hoy al juez Baltasar Garzón que el director general de la Policía, Angel Olivares, y los 5 funcionarios que detuvieron a Luis Roldán no incurrieron en un delito de desobediencia a la autoridad judicial al negarse a facilitar al magstrado diversos datos relativos a la entrega del ex director general de la Guardia Civil, según informaron a Servimedia fuentes judiciales.
Aranda, que asumió este caso tras la renuncia del anterior fiscal, Pedro Rubira, considera que existen diversas leyes que amparan el secreto profesional de los agentes de la policía y su negativa a revelar la identidad de sus confidentes entre ellas, la ley que protege la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el Estado, el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Ciminal.
Así, el fiscal jefe insiste en un criterio que ya expuso durante el juicio por el que los ex policías José Amedo y Michel Domínguez fueron condenados a más de 108 años de cárcel. Aranda entonces avaló la decisión de varios cargos del Ministerio de Interior de negarse a revelar datos relativos a los fondos reservados, ya que incurrirían en una violación del secreto profesional.
Garzón solicitó a la Fiscalía que dictaminase si Olivares y los 5 funcionarios que detuvieron a Roldán incurriero en un delito de desobediencia, después de que el responsable de la Policía rehusase entregarle los justificantes del viaje que realizaron los policías para detener a Roldán cuando fue interrogado recientemente por el juez en su despacho.
El magistrado consideró que Olivares podría haber incurrido en dicho delito al igual que los 5 policías que intervinieron en la detención, quienes también se negaron a facilitar al juez esos datos, así como el nombre de los confidentes con quienes contactaron para deener al prófugo, entre ellos Francisco Paesa.
En opinión de Garzón, los funcionarios podrían haberle facilitado los nombres de los confidentes, quienes quedarían amparados por la Ley de Protección de Testigos de modo que su identidad quedaría salvaguardada, como ya ocurre en esta causa con los agentes del CESID que viajaron a Laos tras la detención del prófugo.
(SERVIMEDIA)
20 Abr 1995
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