Comicios
El Rey firma hoy la convocatoria de elecciones municipales y autonómicas para el 28 de mayo
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El rey Felipe VI firmará este lunes el real decreto de convocatoria de las elecciones municipales y autonómicas del próximo 28 de mayo.
Fuentes de la Casa Real informaron de que el Rey rubricará ese real decreto "en su despacho del Palacio de La Zarzuela" y la norma será publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Consejo de Ministros aprobó el martes de la semana pasada el real decreto por el que se convoca oficialmente las elecciones municipales y a las asambleas de Ceuta y Melilla del 28 de mayo para cumplir la ley orgánica que estipula que la convocatoria de los comicios locales se debe aprobar 55 días antes del cuarto domingo de mayo del año que corresponda a la cita con las urnas.
Ese real decreto convoca elecciones locales para cubrir los cargos de concejales de los municipios no sometidos a concejo abierto; los alcaldes de los municipios que por tradición o en virtud de normativa autonómica tengan adoptado el régimen de concejo abierto, así como los consejeros de los cabildos insulares del archipiélago canario.
De acuerdo con lo establecido en los estatutos de autonomía de Ceuta y de Melilla, el real decreto convoca la elección de miembros de las asambleas de estas dos ciudades autónomas, comicios que se celebrarán también el 28 de mayo.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General obliga a que este real decreto se publique en el BOE este martes, 4 de abril, fecha en la que también entrará en vigor y que determina el desarrollo de la campaña electoral, que durará 15 días: desde las 00.00 horas del viernes 12 de mayo y hasta las 24.00 del viernes 26 de mayo.
En cuanto a los diputados de las diputaciones provinciales de régimen común, serán elegidos una vez celebradas las elecciones locales. La legislación electoral dispone que se celebrarán nuevas elecciones locales parciales en el plazo de seis meses en las circunscripciones en que no se presenten candidaturas en esta convocatoria electoral.
En el caso de que sea necesario repetir los comicios en circunscripciones en las que una sentencia contencioso-electoral las anule por haber detectado irregularidades invalidantes, se convocarán en el plazo de tres meses a partir de la fecha del fallo judicial.
(SERVIMEDIA)
03 Abr 2023
MGR/gja