REMITIDO AL CONSTITUCIONAL EL `IVA CANARIO' POR POSIBLE INONSTITUCIONALIDAD DE ESE ARTICULO DEL REF
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha remitido al Tribunal Constitucional un artículo del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias que se refiere el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), conocido también como el `IVA canario' y el Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias (APIC).
El TSJC emitió cuatro autos en los que se reflejaba que podía existir inconstitcionalidad ya que "la generalización del gravamen del IGIC a todas las entregas de bienes e importaciones de los mismos es pasar de un impuesto sobre el consumo a otro que grava la totalidad del proceso productivo".
El tribunal canario entiende que esto "puede entrar en contradicción con el concepto natural de franquicia caracterizado por la no sujeción o exención de los impuestos estatales sobre consumo".
Tanto el IGIC como el APIC son impuestos de titularidad estatal pero que gestiona el Gobiero de Canarias y fueron pactados entre el consejero de Economía y Hacienda del Gobierno canario, José Miguel González, y el entonces secretario de Estado de Hacienda, José Borrell.
El consejero ha quitado importancia a la decisión judicial e insiste que a su juicio no se recauda más con el IGIC que con la anterior normativa. Los empresarios, que interpusieron los recursos, han mostrado su alegría por la decisión judicial y considera que el tributo se ha aplicado "de forma alegre".
(SERVIMEDIA)
24 Feb 1994
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