REGULADO EL ENVASADO DE PRODUCTOS ALIMENTIIOS Y EL RUIDO DE APARATOS DE USO DOMESTICO
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El Consejo de Ministros aprobó hoy la normativa reguladora del etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios, así como un reglamento que obliga a indicar en las etiquetas de los aparatos domésticos el ruido que generan.
La principal novedad de la decisión del Gobierno sobre los etiquetados es la extensión de la normativa a los productos alimenticios presentados a la venta sin envase, los que se envuelven enlos establecimientos a petición del comprador y los que envasen directamente los vendedores.
Esta nueva normativa, que será obligatoria tanto en los establecimientos de consumo individual como colectivo (restaurantes, hospitales, etc), exige también un etiquetado del producto, para poderlo comercializar.
Los envases de los productos alimenticios no podrán inducir a error al comprador sobre las verdaderas características del producto, ni atribuirle propiedades preventivas, terapéuticas, curativasde otro tipo, cuando no sean diferentes a las del resto de artículos similares.
En la etiqueta deberá consignarse, al menos en la lengua oficial del Estado, la denominación usual del producto, la lista de ingredientes (con cantidades netas expresadas en litros, para los líquidos, y gramos, para los sólidos), los aromas, la empresa fabricante y el lote de fabricación del artículo.
También tendrá que figurar la fecha de caducidad, las condiciones especiales en las que debe conservarse y el modo deutilizarlo si su desconocimiento puede dar lugar a un mal empleo del producto adquirido.
Entre las excepciones que fija la normativa para su aplicación están las frutas frescas y las bebidas alcohólicas, y el resto de alimentos condicionados a las nuevas normas pero que ya están etiquetados, envueltos o consignados. Su comercialización será posible hasta que se agoten.
CACHARROS RUIDOSOS
Respecto a la normativa de ruidos en aparatos de uso doméstico, el decreto aprobado por el Consejo de Ministos obliga a reflejar en las etiquetas información sobre su ruido en funcionamiento, expresada en decibelios.
La nueva normativa de ruidos establece un sistema de control para poder comprobar que la información indicada en las etiquetas se corresponde con el ruido que produce realmente el aparato, y entre las sanciones aplicables por el incumplimiento de estas exigencias figura la obligación de retirar de la venta todas las existencias o a corregir los envases.
El decreto pretende aumentar la infomación del consumidor para realizar su opción de compra, y en su elaboración han participado las organizaciones de consumidores y usuarios y los sectores industriales afectados.
(SERVIMEDIA)
06 Mar 1992
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