REFORMA LABORAL. UNA COMISION EMPRESARIOS-SINDICATO VIGILARA QUE NO HAYA ABUSOS EN LA CONTRATACION TEMPORAL
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Los agentes sociales hicieron hoy público los "Acuerdos para la Estabilidad en el Empleo y la Negociación Colectiva", firmados entre UGT, CCOO, CEOE y CEPYME, y que suponen en la práctica una nueva reforma laboral, cuyo objetivo es fomentar la contratación indefinida y reducir la temporalidad.
El texto del preacuerdo, que consta de 42 páginas, tien tres partes: Acuerdo Interconfederal para la Estabilidad en el Empleo, donde se establecen los nuevos contratos; el Acuerdo Interconfederal sobre Negociación Colectiva, para conformar un nuevo sistema para los convenios colectivos; y el Acuerdo sobre Cobertura de Vacíos, especie de convenio colectivo para los 800.000 trabajadores desprotegidos tras la derogación de las ordenanzas laborales.
En la primera parte, la estrella es el nuevo contrato indefinido con una indemnización en caso de despido de 33días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, que se limita a jóvenes entre 18 y 29, parados inscritos al menos hace un año en el INEM, mayores de 45 y minuválidos.
Este contrato, limitado a un periodo de cuatro años, pero ampliable posteriormente, no podrá ser realizado por empresas que en los 12 meses anteriores hubiera realizado despidos por causas objetivas improcedentes o un despido colectivo, para así evitar el posible efecto sustitución de trabajadores fijos con indemnización de 45días por año trabajado.
Los agentes sociales también han pactado un nuevo contrato de formación, que sustituirá al de aprendizaje, para trabajadores mayores de 16 años y menores de 21, con un salario no inferior al SMI y con prestación económica en caso de enfermedad.
De esta forma, los sindicatos eliminan uno de los aspectos que más criticaron en la anterior reforma, el contrato de aprendizaje, que tenía salarios inferiores al SMI y sin cobertura social alguna.
Sin embargo, UGT y CCOO no ha conseguido penalizar la realización de contratos temporales y se mantienen con nueva redacción el contrato por obra o servicio y el eventual por circunstancias de la producción (con una duración máxima de seis meses).
Las garantías para que los empresarios no abusen de este tipo de contratación se centran en la creación de una Comisión Paritaria mixta de Seguimiento del Acuerdo, que propondrá al Gobierno medidas en el caso de una desvirtuación del mismo.
Esta Comisión también pedirá al Ejecutivoque estudie el marco de protección de los trabajadores a tiempo parcial, solicitando que se equiparen al resto de empleados a aquellos que trabajan menos de 12 horas a la semana o 48 al mes.
Los agentes sociales, cuyos órganos de dirección aprobaron hoy el preacuerdo, mantienen el contrato de trabajo fijo-discontinuo, eliminan el de lanzamiento de actividad e intentan fomentar el contrato de relevo.
En cuanto a la extinción por causas objetivas, la CEOE ha conseguido una nueva redacción del artíclo 52.c del Estatuto de los Trabajadores, que obliga al empresario a acreditar "la decisión extintiva en causas económicas, con el fin de contribuir a la superación de situaciones económicas negativas, o en causas técnicas, organizativas o de producción, para superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de la empresa, ya sea por su posición competitiva en el mercado o por exigencias de la demanda, a través de una mejor organización de los recursos".
Este artículo especifica que los reprsentantes de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa en los supuestos que se plantean.
Las partes también "consideran necesario y oportuno" estudiar durante el primer año del acuerdo la gestión del tiempo de trabajo y la duración y redistribución de la jornada, atendiendo a la propuesta sindical, aunque sin concretar más. En cambio, sí hay un compromiso para la creación de una comisión tripartita -con el Gobierno- para analizar el funcionamiento de las Empresas de Trabajo Tempoal.
(SERVIMEDIA)
08 Abr 1997
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