LAS RECETAS PARA LOS ENFERMOS DE SIDA LLEVARAN EL DISTINTIVO 'CAMPAÑA SANITARIA', SEGUN UNA ORDEN MINISTERIAL
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La oren del Ministerio de Sanidad y Consumo que desarrolla el decreto 1867/1995 sobre prestaciones farmacéuticas a enfermos de sida establece que esta medida será aplicada en recetas oficiales para activos de la Seguridad Social que lleven la leyenda 'Campaña sanitaria'.
Según fuentes de este departamento, la receta de aportación reducida para los enfermos de sida será de igual formato que la ordinaria y llevará incorporado en una esquina la leyenda 'Campaña sanitaria' para poder facturar por separado esta recetas y comprobar si el coste de la medida se ajusta a las estimaciones económicas realizadas.
El decreto, consensuado con las asociaciones de enfermos, permite pagar a los afectados por el sida solamente el 10 por ciento del valor de los medicamentos indicados para tratar las infecciones oportunistas asociadas al sida, hasta un máximo de 439 pesetas.
Según el texto de la orden, la puesta en práctica de esta medida se llevará a cabo por el Insalud, Servicios de Salud u organismos de las comuniades autónomas con competencias en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad social, coordinándose a través del Consejo Interterritorial.
La órden entrará en vigor simultaneamente con el decreto 1867/1995, de 17 de noviembre. La ministra Angeles Amador afirmó recientemente que la medida entraría en vigor 20 días después de su publicación en el BOE, que se produjo el pasado día 1 de diciembre.
(SERVIMEDIA)
04 Dic 1995
EBJ