REBAJAS. SANIDAD Y CONSUMO RECOMIENDA A LOS CONSUMIDORES QUE EXIJAN CALIDAD EN LOS ARTICULOS REBAJADO
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El Instituto Nacional del Consumo, del Ministerio de Sanidad y Consumo, recomendó hoy a los consumidores que exijan calidad en todos los artículos rebajados que compren, ante el inicio del período de rebajas de verano.
Sanidad y Consumo recuerda que la Ley de Ordenación del Comercio Minorista establece que los productos que se ofrecen en rebajas deberán haber estado a la venta con anterioridad durante un mes como mínimo, a un precio normal, sin ofertas, y que queda epecialmente prohibido ofrecer como rebajados artículos que estén deteriorados. Para permitir hacer la comparación, la ley obliga asimismo a que en los productos rebajados figure con claridad el precio anterior, además del precio reducido.
Entre las recomendaciones oficiales, se resalta la necesidad de asegurarse de que el producto que se va a adquirir es el que realmente se necesita, sin dejarse influir por las prisas, que a menudo hacen que se pasen por alto aspectos importantes.
En el momento d comprar, no hay que fijarse sólo en el precio, asegura el Instituto Nacional de Consumo. En el etiquetado de los productos hay otros datos no menos importantes para el consumidor, como sus características, composición, descripciones técnicas y de uso o manejo.
Una precaución obligada para evitar problemas posteriores es examinar bien el objeto de la compra antes de pagarlo y pedir, en su caso, el sellado de la garantía junto con el resguardo de compra.
En las prendas de vestir, hay que comprobarbien las tallas, colorido, adornos, botones, etc. Los productos rebajados deben ofrecer la misma calidad que cuando no estaban en rebajas. En cuanto a las condiciones de devolución de los productos que se adquieren, la ley sólo obliga al comerciante a cambiar lo ya vendido si tiene defectos.
Un principio que, según Sanidad y Consumo, siempre debe tenerse en cuenta es que las ofertas que se hacen a través de la publicidad son de obligado cumplimiento, aunque no se refleje en un contrato o se diga lo cotrario a la hora de efectuar la transacción.
Consumo insiste, sobre todo, en que los consumidores deben ser conscientes de que sus derechos durante las rebajas siguen siendo los mismos que el resto del año y que el hecho de poder comprar algunos productos a precios más reducidos no les impide exigir los mismos derechos que cuando no están en rebajas.
De la misma manera, medios de pago como las tarjetas, admitidos habitualmente durante el resto del año, son válidos en los períodos de rebajas, salv que el vendedor especifique claramente lo contrario.
Si a pesar de todo algo falla, el comprador puede y debe reclamar en una Oficina Municipal de Información al Consumidor, ante el Servicio de Consumo de las comunidades autónomas o a través de las asociaciones de consumidores.
Una medida complementaria de seguridad es acudir preferentemente a establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, ya que no sólo es una garantía de calidad, sino que además, en caso de producirse algún conflico, permitirá resolver la posible reclamación de una manera rápida y eficaz.
(SERVIMEDIA)
07 Jul 1999
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