UN REAL DECRETO OBLIGA A LOS TRABAJADORES DE RADIOTELEVISION ESPAÑOLA A SERVICIOS MINIMOS PARA GARANTIZAR LOS INFORMATIVOS

SERVIMEDIA

El ejercicio del derecho de huelga convocada para fechas próximas en el ente público Radiotelevisión Española y en las sociedades estatales "Radio Nacional de España" y "Televisión Española", estará garantizado sin perjuicio del mantenimiento de los servicios públicos mínimos y esenciales, según el Real Decreto aprobado el pasado viernes y que publica hoy el BOE.

El director general del ente y los directores de Radio Nacional y Televisión Española serán los encargados de determinr el personal necesario para la producción y emisión de la normal programación informativa, manteniéndose, asímismo, la emisión de una programación grabada dentro de los horarios habituales de emisión.

Durante la celebración de la huelga deberá quedar garantizada la seguridad de las personas, de las instalaciones y del material, de modo que el comité de huelga asegurará, también que, al concluir el conflicto, los distintos centros y servicios sigan en situación de funcionamiento normal.

Los serviios esenciales recogidos en el Real Decreto no podrán ser perturbados por alteraciones o paros del personal designado para su prestación. Caso de producirse, serán considerados ilegales y quienes los ocasionaren incurrirán en responsabilidad.

(SERVIMEDIA)
12 Jul 1993
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