UN REAL DECRETO IMPIDE QUE LOS ASESINOS DE SUS CÓNYUGES SEAN BENEFICIARIOS DE LAS INDEMNIZACIONES QUE PAGA EL ESTADO
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto con el que se modifica el Reglamento de delitos violentos y contra la libertad sexual, que persigue, entre otros fines, evitar que el beneficiario de las ayudas que abona el Estado sea el cónyuge agresor.
Con el régimen anterior, el homicida quedaba, legalmente, como víctima indirecta y podía percibir la ayuda. Aunque en la práctica esta ayuda no se otorgaba cuando el beneficiario había participado en la comisión del delito, sí que implicaba que la ayuda que correspondía a los hijos se reducía a la mitad. Incluso en caso de no existir descendientes, suponía la exclusión del derecho a la percepción por parte de los padres del fallecido.
Además, con el real decreto aprobado hoy se garantizan los derechos de las víctimas de delitos violentos cometidos en cualquier país de la Unión Europea, aunque residan en otro Estado miembro.
Esta modificación supone la adecuación de las leyes españolas a lo dispuesto en una directiva comunitaria de 2004, en la que se estipula que el Estado miembro en cuyo territorio se hubiera cometido el delito es el responsable del pago de la indemnización a la víctima.
(SERVIMEDIA)
17 Feb 2006
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