PSOE. VIZCAYA PROPONE UNA CONFERENCIA DE ORGANIZACION, EN EL PLAZO DE UN AÑO, PARA REGULAR LAS PRIMARIAS

- Según la propuesta, si el scretario general perdiera unas primarias, habrá de convocarse un congreso extraordinario que elija una nueva dirección o refrende la anterior

- El sistema de elecciones primarias se utilizará para elegir a los candidatos a la Presidencia del Gobierno, a las presidencias de los gobiernos autonómicos y diputaciones forales y a las alcaldías.

- En caso de que se presentase como candidato el secretario general del ámbito correspondiente y éste fuere respaldado por dos tercios del órgano de control que le corresponde, será automáticamente designado como candidato sin necesidad de celebrarse elecciones primarias.

- Si quien ocupa la Secretara General se presentara a unas elecciones primarias y las perdiera, habrá de convocarse, en el plazo máximo de tres meses, un congreso extraordinario que elija una nueva dirección o refrende la anterior.

- Las Comisiones Ejecutivas correspondientes sólo podrán proponer un candidato a unas elecciones primarias.

- En caso de que quien, ocupando el puesto sobre el que se decide el candidato, se presente y cuente con el apoyo de las dos terceras partes del órgano de control correspondiente, tampoco srá necesaria la celebración de unas primarias.

MADRID
SERVIMEDIA

Vizcaya ha presentado una enmienda a la Ponencia Marco del 35 Congreso del PSOE en la que propone la celebración, en el plazo de un año, de una Conferencia de Organización para regular el sistema de primarias y la elección de órganos ejecutivos y de control, entre otros asuntos, con el fin de lograr mayor participación y myor transparencia en los procesos internos del Partido Socialista.

Esta propuesta, que figura en la Memoria de Enmiendas, expone que las primarias son un sistema de elección que facilita la participación de todos los afiliados en la toma de decisiones, "y como tal debe consolidarse en el seno de nuestro partido, evitando los perjuicios que una errónea utilización de las mismas pueda acarrear".

Para ello, propone que esa Conferencia regule las primarias de acuerdo a los siguientes principios:

- El sistema de elecciones primarias se utilizará para elegir a los candidatos a la Presidencia del Gobierno, a las presidencias de los gobiernos autonómicos y diputaciones forales y a las alcaldías.

- En caso de que se presentase como candidato el secretario general del ámbito correspondiente y éste fuere respaldado por dos tercios del órgano de control que le corresponde, será automáticamente designado como candidato sin necesidad de celebrarse elecciones primarias.

- Si quien ocupa la Secretara General se presentara a unas elecciones primarias y las perdiera, habrá de convocarse, en el plazo máximo de tres meses, un congreso extraordinario que elija una nueva dirección o refrende la anterior.

- Las Comisiones Ejecutivas correspondientes sólo podrán proponer un candidato a unas elecciones primarias.

- En caso de que quien, ocupando el puesto sobre el que se decide el candidato, se presente y cuente con el apoyo de las dos terceras partes del órgano de control correspondiente, tampoco srá necesaria la celebración de unas primarias.

(SERVIMEDIA)
17 Jul 2000
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