EL PSOE PRESENTA UNA PROPOSICION DE LEY PARA FOMENTAR LAS SOCIEDADES LABORALES
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El Grupo Socialista del Congreso ha presentado una proposición de ley para fomentar la economía social y favorecer la creación de sociedades laborales, como instrumento para aumentar el número de puestos de trabajo y garantizar el progreso social según explicó hoy en rueda de prensa el parlamentario del PSOE Francisco Arnau.
La iniciativa, que será debatida en el pleno del próximo martes, forma parte, según explicó Arnau, de la política activa de fomento del empleo, a través de las pequeñas y medianas empresas.
Arnau dijo que tanto las cooperativas como las sociedades anónimas laborales, que forman parte de la economía social, tienen una gran importancia en la Unión Europea, donde existen 150.000 empresas de este tipo, que dan trabajo a nos tres millones de personas. En España hay 250.000 trabajadores repartidos en un totat de 24.000 empresas.
Con la normativa actual, en nuestro país los trabajadores que quieren asociarse en fórmulas empresariales lo pueden hacer a través de las sociedades anónimas laborales, mientras que la proposición del Grupo Socialista permite hacerlo también mediante las sociedades de responsabiidad limitada.
"Presumimos", indicó Arnau, "que la mayor parte de los trabajadores van a elegir esta última fórmua jurídica de asociación, en cuanto que la cifra de capital es inferior a la de las sociedades anónimas (10 millones frente a 500.000 pesetas)".
La proposición de ley define a las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada como aquellas en las que la mayoría del capital social es propiedad de trabajadores que prestan en ellas servicios retribuídos en forma personal y directa, y cuya relación laboral lo sea por tiempo indefinido. Igualmente, limita el número de trabajadores no socios, en funciónde las horas al año trabajadas por los socios trabajadores.
De esta forma, el número de horas al año trabajadas por los empleados contratados por tiempo indefinido que no sean socios no podrá ser superior al 15 por ciento del total de horas al año trabajadas por los socios trabajadores. Si la sociedad tuviera menos de 25 socios trabajadores, el porcentaje no podrá ser superior al 25 por ciento del total de horas al año trabajadas por los socios trabajadores.
(SERVIMEDIA)
24 Mayo 1996
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