PSE-PSOE. EL CONGRESO EXTRAORDINARIO PUEDE CONVOCARSE CON 10 DIAS DE ANTELACION, SEGUN LOS ESTATUTOS

MADRID
SERVIMEDIA

Los Estatutos del PSE-PSOE establecen que la convocatoria de un congrso extraordinario se puede hacer con "una antelación mínima de diez días", lo que permitiría tener elegida a la nueva dirección antes de que comience el proceso de primarias para las elecciones municipales de 2003.

La normativa interna del Partido Socialista de Euskadi no pone límite máximo de tiempo para convocar un congreso, pero fuentes de la dirección saliente aseguraron a Servimedia que el proceso no podrá durar más de tres meses, para no obstaculizar la celebración de primarias.

Igualmente,indicaron que la organización apresurada del congreso requeriría un mínimo de un mes, así que, en caso de optar por un procedimiento rápido, podría celebrarse en las primeras semanas de febrero.

El congreso extraordinario está reservado a la solución de "circunstancias especiales" como es, en este caso, la dimisión del secretario general y la disolución de la Ejecutiva, para que una gestora comande el proceso hasta la convocatoria del máximo órgano del PSE-PSOE.

En esa reunión sólo se podrán adopar resoluciones "sobre las materias previstas en el Orden del Día de su convocatoria", cuya elaboracion correrá a cargo de los cuatro miembros de la gestora: Ramón Jáuregui, como su presidente, y los secretarios generales de Guipúzcoa, Manuel Huertas; Vizcaya, Patxi López, y Alava, Javier Rojo.

En estos momentos, los cuatro trabajan ya en la elaboración de los documentos que deberán ser discutidos por los compromisarios socialistas que, además de elegir una nueva dirección, deberán debatir la línea poítica del PSE para el próximo futuro.

Cada agrupación elegirá a sus delegados al congreso en una asamblea convocada para ello. El número de delegados se fijará de acuerdo con el censo de militantes que estuvieran inscritos en la fecha de convocatoria del mismo por el Comité Nacional, que es el órgano encargado de realizar formalmente el trámite.

Los miembros de la Comisión Ejecutiva saliente no pueden ser elegidos como delegados al congreso y están privados del derecho a voto, aunque los Estatuto les reconocen la posibilidad de dirigirse a los compromisarios.

El primer examen que pasará la opción defendida por el secretario general dimisionario, Nicolás Redondo Terreros, será el informe de gestión de la Ejecutiva saliente que deberá defender ante el pleno del congreso en la primera jornada de celebración.

En esa votación de producirán las primeras tensiones puesto que la normativa interna establece que serán los respectivos cabezas de las distintas delegaciones los que emitan un voto conunto, aunque no sería la primera vez que la opinión de una delegación se presenta dividida en dos posturas diferentes.

En caso de que se presente más de una candidatura a la secretaría general, ésta deberá ir acompañada de unapropuesta de Ejecutiva, Comité Nacional, Comisión de Garantías y Comisión Revisora de Cuentas en listas completas, cerradas y bloqueadas.

(SERVIMEDIA)
25 Dic 2001
SGR