LOS PROFESORES PODRAN OPTAR A UNA PLAZA EN CUALQUIER LUGAR DEL ESTADO
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Los profesores podrán participar en concursos de traslados ara optar a una plaza en cualquier lugar del Estado, según un real decreto publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que tiene como objetivo "lograr la efectiva movilidad nacional del profesorado".
Las Administraciones Públicas educativas competentes convocarán concursos de traslados de ámbito nacional cada dos años, en los que podrán participar todos los funcionarios docentes, cualquiera que sea la administración de la que dependan o por la que hayan ingresado, siempre que, si desempeñadestino con carácter definitivo, hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino.
Sin embargo, los funcionarios que no hayan obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrán optar a puestos correspondientes a la Administración educativa por la que accedieron.
Así, los profesores con destino provisional están obligados a participar en los concursos de traslados que se convoquen, ya que de no hacerlo serán destinados libremente dentro de la comunidad autónom en la que presten servicio.
Los baremos de prioridades en la adjudicación de destinos dependerán del tiempo de permanecia en el centro desde el que se participa, la dificultad del trabajo desempeñado, los años de servicio activo como profesor, los cursos de perfeccionamiento y otros méritos.
En las convocatorias para puestos ubicados en centros dependientes de Comunidades Autónomas con lengua propia, se podrán establecer como requisito el conocimiento del dicha lengua. Las convocatorias se haránpúblicas a través del BOE y de los diarios o boletines de la Comunidades Autónomas convocantes.
A fin de garantizar la igualdad de condiciones para todos los funcionarios, el Ministerio de Educación y Ciencia acordará con las Administraciones educativas de las comunidades autónomas con las normas que se refieran a los plazos comunes, al modelo básico de instancia y el baremo único de méritos por las que se regirán.
El nuevo texto permite a las administraciones educativas adscribir de forma temporl o permanente a tareas administrativas o de apoyo a la docendia a aquellos profesores afectados por una merma de facultades físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que tal disminución de sus capacidades no sean susceptibles de la declaración de incapacidad permanente.
(SERVIMEDIA)
30 Sep 1994
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