CHINA

LOS PRODUCTOS QUE CONTIENEN REGALIZ DEBERÁN REFLEJARLO EN LA ETIQUETA A PARTIR DE CIERTOS NIVELES DE CONCENTRACIÓN

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó hoy una modificación de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Según este cambio, en la relación de componentes debe reflejarse la presencia de regaliz (ácido glicirrícico y su sal amónica) a partir de determinados niveles, puesto que dichas sustancias pueden agravar la hipertensión.

Así, los alimentos que las contienen son los dulces o golosinas de regaliz, incluidos los chicles, infusiones y bebidas.

Esta modificación de la normativa incorpora una directiva comunitaria en la que se alude a informes del comité científico de la alimentación humana, según los cuales un nivel máximo de 100 mg. al día de estas sustancias proporciona un nivel de protección suficiente para la mayoría de la población.

Sin embargo, dichos estudios indican también que niveles superiores de ingesta pueden aumentar la tensión arterial, por lo que el nivel máximo mencionado puede no ofrecer una protección suficiente para aquellos subgrupos de población que padecen hipertensión.

Por lo tanto, los dulces o bebidas que las incluyen en su composición deberán añadir en su etiqueta las palabras "Contiene regaliz" si su concentración en el alimento es superior o igual a 100 mg/Kg o 10 mg/l. Si la concentración, en el caso de los dulces, es superior o igual a 4 g/Kg, deberá constar el mensaje "Contiene regaliz: las personas que padezcan hipertensión debería evitar un consumo excesivo".

(SERVIMEDIA)
22 Jul 2005
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