PRESTIGE. LA LEY DE ACOMPAÑAMIENTO PREVE LA EXIGENCIA DE GARANTIAS FINANCIERAS A BUQUES QUE PIDAN REFUGIO
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La autorización de entrada de un buque en un lugar de refugio de la costa española podrá estar condicionada al pago de una garantía financiera en previsión d los posibles daños que la nave pueda ocasionar.
Así lo establece el proyecto de Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado en su artículo 55. En ese precepto también se señala que la Dirección General de Marina Mercante podrá supeditar el permiso de entrada "a la concurrencia de determinadas circunstancias que hagan de esta medida la más adecuada para la seguridad de las personas, del trámifo marítimo y de los bienes, así como para el medio ambiente".
El proyecto indica que elGobierno regulará los criterios y la cuantía de las garantías que se establecerán en cada uno de los supuestos.
(SERVIMEDIA)
29 Sep 2003
JRN