PRESTIGE. EL JUEZ DE CORCUBION ADMITE LA PERSONACION DE IU COMO ACCION POPULAR EN EL "CASO PRESTIGE"

MADRID
SERVIMEDIA

El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Corcubión (A Coruña) ha admitido la personación como acción popular de Izquierda Unida (IU) en el caso abierto para investigar los supuestos delitos cometidos por el hundimiento del petrolero "Prestige", según una nota de prensa difundida por el partido que lidera Gaspar Llamazares.

Según la lgislación vigente, si alguien desea formar parte como acción popular en un caso judicial, debe solicitarlo mediante la presentación previa de una querella, como ha hecho IU.

El Juzgado de Instrucción número 1 de Corcubión considera que los hechos relatados en la querella presentada por IU "coinciden sustancialmente con los que se vienen investigando en el curso de las presentes diligencias".

Así, admite la parte de la querella dirigida contra Apostolos Mangouras, capitán del Prestige; Ángel del Ral Abella, entoces capitán marítimo de A Coruña; Arsenio Fernández de Mesa, delegado de Goberno en Galicia; José Luis López Sors, director general de la Marina Mercante, y contra el representante legal de "Mare Shipping INC" como presuntos autores de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, consistentes en vertidos y daños en un espacio natural protegido.

En su resolución, el juez rechaza actuar contra Remolcadores Nosa Terra S.A., la aseguradora London Steamship Owners Mutual Insurace Association LTD y la Administración General del Estado.

"De lo actuado hasta la fecha no aparecen suficientes indicios de criminalidad contra el representante legal de la entidad Remolcadores Nosa Terra S.A.", argumenta. "Aunque el buque Ría de Vigo sea propiedad de dicha entidad, su actuación el día 13-11-2002 en las horas previas al inicio de los intentos de remolcaje fallido del buque siniestrado, se produjo en ejecución del contrato suscrito por dicha entidad con la empresa pública Sasemar y, pr consiguiente, bajo la única dirección de la sociedad estatal de salvamento".

No obstante, la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Corcubión señala que se adopta esta decisión "sin perjuicio de que la evolución de la instrucción de la causa imponga una actividad procesal distinta de la que aquí se deniega".

El auto afirma también que "no se admite la acción penal contra el representante legal de London Steamship Owners Mutual Insurance Association LTD, porque hasta la fecha no han srgido indicios de responsabilidad criminal que puedan ser atribuidos a persona alguna de la entidad aseguradora del buque Prestige, ni tampoco contra la Administración General del Estado, en la cualidad de persona jurídica de derecho público".

Esto no repercute, añade la resolución, en la responsabilidad civil en que pudieran haber incurrido tales entidades, "como consecuencia de alguno de los hechos cometidos por persona de quienes vinieran obligadas a responder y que son objeto de estas diligencias"

IU no descarta, según avance la instrucción y, sobre todo, cuando llegue el momento de formular el escrito de acusación, volver a plantear la responsabilidades de las empresas privadas y de la Administración General del Estado.

(SERVIMEDIA)
17 Abr 2003
VBR