PRESTIGE. EL GOBIERNO CREA EL COMISIONADO PARA LAS ACTUACIONES DERIVADAS DE LA CATASTROFE DEL "PRESTIGE"

- Proponer al Gobierno, a través del vicepresidente primero, las actuaciones necesarias para reparar os daños ocasionados por el accidente del "Prestige", entre las que se incluyen tanto las adoptadas por la Administración del Estado, como las de apoyo y colaboración con las administraciones afectadas.

- Impulsar y ejecutar estas actuaciones, así como las que adopte el Gobierno en esta materia.

- Recibir del Gobierno la información necesaria para el ejercicio de sus funciones.

- Elevar informes periódicos al Gobierno sobre las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos, así como ls propuestas que considere oportunas.

- Canalizar y coordinar iniciativas propuestas por los distintos órganos de la Administración del Estado y sus organismos públicos, así como de personas o entidades públicas o privadas.

- Asumir la Vicepresidencia de la Comisión Interministerial creada para el seguimiento de los daños ocasionados por el "Prestige".

- Participar en los trabajos de las comisiones, grupos de trabajo y órganos colegiados constituidos sobre el "Prestige".

- Llevar a cabolas actuaciones internacionales necesarias en relación con los efectos del accidente del buque.

- Aquellas funciones que le sean encomendadas por el Gobierno o el vicepresidente primero del Ejecutivo.

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros apobó hoy un real decreto por el que se crea el comisionado para las actuaciones derivadas de la catástrofe del "Prestige", encargado de impulsar y dirigir todos los trabajos en marcha y las actuaciones previstas para paliar los daños provocados por el accidente del petrolero.

El comisionado continuará con las acciones ya emprendidas, llevará a cabo la coordinación de las medidas que se adopten por parte de la Administración General del Estado y desarrollará actuaciones en colaboración con las administrciones territoriales afectadas.

El comisionado será nombrado por el Gobierno, con rango de secretario de Estado, y dependerá directamente del vicepresidente primero. Actuará, en el ejercicio de sus funciones, en coordinación con los departamentos ministeriales y las delegaciones del Gobierno.

FUNCIONES

Según el real decreto aprobado hoy, corresponden a este órgano las siguientes funciones:

- Proponer al Gobierno, a través del vicepresidente primero, las actuaciones necesarias para reparar os daños ocasionados por el accidente del "Prestige", entre las que se incluyen tanto las adoptadas por la Administración del Estado, como las de apoyo y colaboración con las administraciones afectadas.

- Impulsar y ejecutar estas actuaciones, así como las que adopte el Gobierno en esta materia.

- Recibir del Gobierno la información necesaria para el ejercicio de sus funciones.

- Elevar informes periódicos al Gobierno sobre las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos, así como ls propuestas que considere oportunas.

- Canalizar y coordinar iniciativas propuestas por los distintos órganos de la Administración del Estado y sus organismos públicos, así como de personas o entidades públicas o privadas.

- Asumir la Vicepresidencia de la Comisión Interministerial creada para el seguimiento de los daños ocasionados por el "Prestige".

- Participar en los trabajos de las comisiones, grupos de trabajo y órganos colegiados constituidos sobre el "Prestige".

- Llevar a cabolas actuaciones internacionales necesarias en relación con los efectos del accidente del buque.

- Aquellas funciones que le sean encomendadas por el Gobierno o el vicepresidente primero del Ejecutivo.

Se crea, asimismo, la Oficina del Comisionado, que contará con el necesario apoyo administrativo y material de los departamentos ministeriales y de las delegaciones del Gobierno afectadas.

Los órganos creados por el real decreto aprobado hoy serán suprimidos por el Gobierno una vez cumplidos lo objetivos que han determinado su creación.

(SERVIMEDIA)
03 Ene 2003
CAA