EL PP PIDE EQUIPARAR FISCALMENTE VOLUNTARIADO Y DONACION DE BIENES O DINERO

- Proposición de ley alternativa al proyecto del Gobiero

MADRID
SERVIMEDIA

El PP quiere que el voluntariado se beneficie de exenciones fiscales igual que las donaciones de bienes y dinero, como forma de reconocerlo socialmente, según figura en una Proposición de Ley que hoy fue presentada por la diputada y portavoz de Asuntos Sociales del Grupo Popular, María Jesús Sainz.

A juicio deSainz, "las prestaciones personales voluntarias deben tratarse fiscalmente como las aportaciones de bienes y dinero, aunque sin pretender desvirtuar las verdaderas motivaciones de los voluntarios, por lo que se configuran como un derecho al que éstos pueden renunciar, si lo desean".

"Los incentivos fiscales", explicó la diputada popular, "pretenden incentivar la autentica labor de voluntariado previendo mecanismos de control por las organizaciones y los poderes públicos para evitar fraudes y picaresca".

Asimismo, la Proposición de Ley sobre Voluntariado presentada hoy por el PP prevee incentivos no fiscales que sean "un reconocimeinto de capacitación y ventajas laborales y en determinados servicios públicos".

"El objeto de la presente Ley", señaló la diputada del Grupo Popular, "es regular e incentivar la actividad de voluntariado, como una actividad más de interés general que pueden desarrollar los particulares, junto a las que contempla la Ley de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Partiipación Privada en Actividades de Interés General de la que debe considerarse un complemento".

La presente Ley se estructura en cinco títulos, que se refieren, rspectivamente, a la actividad de Voluntariado, a los Voluntarios, a las Organizaciones de Voluntariado, a los poderes públicos en materia de Voluntariado, y a los incentivos fiscales para el Voluntariado.

DERECHOS

El Estatuto del Voluntario, según la Proposición de Ley sobre el Voluntario del PP, reconoce el derecho a participar en actiidades de interés general y en la organización de voluntariado en que se integre.

Además, prevee el rembolso de gastos, debidamente justificados, que resulten necesarios para el buen fin de la actividad, y la posibilidad de ofrecer gratificiaciones ocasionales y simbólicas sin que ello anule el carácter gratuito de la actividad.

Este Estatuto también establece la posibilidad de establecer un seguro contra accidentes y enfermedades, y contra daños y perjuicios que pueda sufrir él mismo o causar a erceros.

Por lo que respecta a las organizaciones de voluntariado, la presente Ley establece que éstas tienen el deber de firmar un compromiso de incorporación de sus voluntarios, así deben de facilitarles a sus voluntarios la formación, las instrucciones y los medios que resulten necesarios para la realización de la actividad.

Para los poderes públicos, la Proposición e Ley sobre Voluntariado del PP establece como competencias básicas: el reconocimiento del valor social del voluntariado, contribción a la cobertura del seguro de los voluntarios y aplicación del Régimen General de la Seguridad Socail, además de aportación de medios materiales a las organizaciones y colaboración en la formación técnica de los voluntarios.

(SERVIMEDIA)
28 Jul 1994
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