EL PLENO DEL CGPJ ESTUDIA EL MIERCOLES EL REINTEGRO DE LIAÑO EN LA CARRERA JUDICIAL

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará este miércoles el reingreso de Javier Gómez de Liaño en la carrera judicial, de la que fue expulsado tras ser condenado por un delito de prevaricación, según confirmaron hoy fuentes del máximo órgano de gobieno de jueces y magistrados.

El Pleno del CGPJ estudiará el informe emitido el pasado 19 de abril por el Gabinete Técnico, a favor del reingreso inmediato de Javier Gómez de Liaño en la carrera judicial. Sin embargo, dicho escrito no tiene carácter vinculante para el máximo órgano de gobierno de jueces y magistrados.

El ex juez de la Audiencia Nacional condenado por prevaricación durante la instrucción del "caso Sogecable" pidió el pasado mes de febrero al CGPJ su reintegro en la carrera judicial,al considerar que la condena de 15 años de inhabilitación que se le impuso no implica la pérdida de su condición de magistrado.

Gómez de Liaño explicaba que la petición se basa en el indulto que le concedió el Gobierno el 1 de diciembre del año 2000 y que desembocó en un conflicto entre el Tribunal Supremo y el gabinete de José María Aznar.

El litigio comenzó cuando el pleno jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal decidió rechazar el requerimiento del Ministerio de Justicia para ringresar en la carrera judicial a Javier Gómez de Liaño, tal y como dictaba el indulto que le otorgó el Ejecutivo de José María Aznar.

Tras la concesión del indulto, los magistrados del Supremo encargados del "caso Liaño" dieron por cumplida la pena de quince años de inhabilitación, pero se negaron a reingresarle en la carrera judicial de manera inmediata, por considerar que al Gobierno no le compete tomar esta decisión.

El Ejecutivo respondió iniciando un contencioso que el Tribunal de Conflicto resolvió cuatro meses después, dando la razón al gabinete de José María Aznar. Los magistrados argumentaron que "la competencia para la determinación del alcance del indulto en cuanto a la pena ejecutada corresponde al Gobierno", mientras que "las cuestiones relativas al reintegro de Gómez de Liaño en la carrera judicial competen al Consejo General del Poder Judicial".

Es decir, que el Gobierno tiene competencias para conceder un indulto como el que otorgó en su día a Gómez de Liaño, reintegrándole e la carrera judicial, aunque con la prohibición de ejercer en la Audiencia Nacional por un periodo de 25 años.

Ahora ha de ser el Pleno del Consejo General del Poder Judicial el que decida si se ha de producir el reingreso y, en caso afirmativo, el que establezca la fecha de reincorporación del magistrado y su nuevo destino.

(SERVIMEDIA)
06 Mayo 2002
VBR