PINOCHET. LA AUDIENCIA SOSTIENE QUE LOS REPRESORES CHILENOS FUERON AMNISTIADOS POR "RAZONES DE CONVENIENCIA POLITICA"

- Avala la potestad de la justicia española para juzgar los casos de los 50 españoles asesinados durante la dictadura

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo enal de la Audiencia Nacional considera que los procesos llevados a cabo en Chile contra Augusto Pinochet y sus colaboradores, y por los que los supuestos culpables fueron amnistiados, no deben considerarse como verdaderos indultos -lo que impediría que volvieran a ser juzgados-, sino como procedimientos de despenalización por "razones de conveniencia política".

Por esta razón, entre otras, la justicia española tiene competencia para juzgar los supuestos hechos delictivos, según un auto hecho público oy por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en el que se explican los fundamentos por los que se admite la capacidad de los tribunales españoles para juzgar este caso.

La Audiencia relata varios casos concretos en los que se iniciaron procesos judiciales por la desaparición de los sacerdotes españoles Antonio Llido Mengual y Juan Alsina Hurtos, así como del diplomático de nacionalidad hispano-chilena Carmelo Soria.

Según el auto, estos casos fueron sobreseídos por los tribunales de Chileen aplicación del decreto-ley 2.191 de 1978 de la Junta de Gobierno de la República, por el que se amnistió a los responsables de hechos delictivos (salvo excepciones expresas), cometidos durante la vigencia del estado de sitio en Chile, que duró desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el 10 de marzo de 1978.

En razón de estos hechos, la Audiencia subraya que "han de tenerse por imprejuzgados" los casos y los delitos a los que se hace referencia, además de que "no debe tenerse por verdadero indulto" e decreto de amnistía, lo que permite a la justicia española actuar, puesto que no se cumplen los preceptos normativos que señala el artículo 23 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

"Los casos mencionados -entre otros muchos semejantes- no pueden considerarse juzgados o indultados en Chile y justifican el sostenimiento de la jurisdición" española para seguir adelante, insisten los once jueces españoles que componen la Sala de lo Penal de la Audiencia.

GENOCIDIO Y BANDA ARMADA

Aligual que hicieran en el caso de Argentina, los jueces españoles aprecian con claridad la existencia de los delitos de genocidio y terrorismo -también torturas-, en los hechos cometidos por los represores chilenos.

Por ello, consideran que esta actuación fue "contra un grupo de chilenos o residentes en Chile susceptible de diferenciación y que, indudablemente, fue diferenciado por los artífices de la persecución y el hostigamiento".

"No fue una actuación al azar, indiscriminada", insiste la Audiecia, que asegura que los agentes de Pinochet provocaron 1.068 muertos y 957 desparecidos, según un informe elaborado en 1990 por el gobierno democrático chileno.

Además, la Audiencia considera que "hallamos en las muertes, lesiones, coacciones y detenciones ilegales la nota característica de realizarse por personas integradas en una banda armada (...) no en ejercicio regular de la función oficial ostentada, aunque prevaliéndose de ella".

Por todo esto, el auto resume que, con su decisión, "no invden ni se inmiscuyen en la soberanía del Estado donde se cometió el delito, sino que hacen ejercicio de la propia soberanía española en relación con delitos internacionales", máxime cuando existe "interés legítimo" en el ejercicio de la jurisdicción "al ser más de cincuenta los españoles muertos o desaparecidos en Chile".

(SERVIMEDIA)
05 Nov 1998
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