PERROS. EL GOBIERNO APRUEBA EL ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE TENENCIA DE ANIMALES PELIGROSOS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy el anteproyecto de ley sobre el régimen jurídico básico de la tenencia de animales peligrosos, materia ue hasta ahora se venía regulando a través de normas municipales.
La nueva normativa afecta a todos aquellos animales que, perteneciendo a la fauna salvaje, son utilizados como animales domésticos, de guarda, de protección o de compañía, y que con independencia de su agresividad pertenecen a especies que pueden ocasionar muertes o lesiones.
Asimismo, el anteproyecto regula la tenencia de perros que, por su envergadura y características, puedan considerarse potencialmente peligrosos.
REQUISITOS La norma señala que la posesión de estos animales estará sujeta a la obtención de una licencia administrativa, que otorgarán los ayuntamientos, y al cumplimiento de una serie de requisitos, entre los que se incluye la mayoría de edad, la inexistencia de antecedentes penales, la obtención de un certificado de aptitud psicológica y la formalización de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
También necesitarán una autorización especial, para su funcionamiento, los establecimientos oasociaciones que alberguen este tipo de animales para su explotación, cría, comercialización o adiestramiento.
IMPORTACION
La importación de animales parcialmente peligrosos procedentes de la UE o de terceros países estará sujeta a lo previsto en el texto hoy aprobado y a lo señalado en la normativa comunitaria y en los tratados internacionales.
En el registro que deberá existir en todos los municipios, los propietarios, criadores o tenedores deberán dejar reflejados sus datos personales, las cracterísticas del animal y el lugar de residencia, creándose a la vez un registro central informatizado en cada comunidad autónoma, que podrá ser consultado por todas las administraciones públicas.
El texto aprobado prohibe el adiestramiento de animales dirigido a acrecentar y reforzar su agresividad, exigiendo a los adiestradores un certificado de capacitación para el desempeño de su labor, que será otorgado por las administraciones públicas.
El proyecto de ley contempla tres tipos de infraccions administrativas, divididas en leves, graves y muy graves, incluyéndose entre estas últimas el abandono del animal, la venta o transmisión sin licencia, así como el adiestramiento o participación en espectáculos destinados a potenciar y demostrar su agresividiad.
Las multas pueden oscilar entre 25.000 y 50.000 pesetas en caso de infracción leve, hasta 400.000 pesetas en caso de infracciones graves y hasta 2.500.000 pesetas si se trata de faltas muy graves.
(SERVIMEDIA)
31 Jul 1999
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