PER. TRABAJO CREA UN NUEVO SUBSIDIO AGRARIO, PERO ENDURECE LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL MISMO
- Sólo se podrá pedr seis veces, habrá que acreditar 10 años de residencia en Andalucía o Extremadura y para cobrarlo habrá que haber participado en acciones de inserción laboral
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El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales presentó hoy su modelo de Renta Agraria, que permitirá a los nuevos jornaleros andaluces y extremeños disfrutar de un sistema distinto al de los trabajadores agrarios del resto de España, pero que cuenta con requisitos de acceso más duros que los del subsidio agrario.
on la reforma de la protección por desempleo del 24 de mayo, el Gobierno eliminó los accesos al subsidio agrario (vigente sólo en Andalucía y Extremadura) y creó un sistema contributivo para toda España. Ahora acepta que los nuevos jornaleros de esas dos regiones tengan las mismas prestaciones que con el subsidio, pero con criterios más estrictos de acceso.
Según el texto definitivo del proyecto de Real Decreto de creación de la Renta Agraria remitido hoy por el Gobierno, la nueva prestación podrá solcitarse "como máximo, por seis veces", cuando hasta ahora el subsidio podía pedirse todos los años.
Para empezar a cobrar la prestación, hasta ahora bastaba con haber cumplido 35 peonadas, pero con la nueva Renta Agraria será necesario, además, contar con una "certificación" del INEM que acredite la "participación del trabajador" en las acciones de inserción que le tendrá que ofrecer el servicio público de empleo.
La cuantía de la prestación será inicialmente la misma, el 75% del Salario Mínimo Iterprofesional (SMI), pero el nuevo sistema permite mejoras del 5% por cada 30 peonadas adicionales que se realicen. Una vez que se llegue a 180 peonadas se cobrará el 100% del salario mínimo.
Para acceder a la Renta Agraria, los solicitantes deberán acreditar 10 años de residencia en las comunidades donde se implanta el sistema, Andalucía y Extremadura.
Asimismo, los mayores de 45 años deberán haber estado cinco años dados de alta en el censo agrario; los mayores de 52 años, 10 de antigüedad; y uienes tengan más de 60 años deberán haber estado inscritos 20 años en el régimen agrario.
Otra de las novedades que incluye la Renta Agraria es que las jornadas que se realizan en las obras del Plan de Empleo Rural (PER) o del AEPSA no computarán, como sí sucede en el subsidio agrario, para tener derecho a la nueva prestación.
A la hora de fijar las rentas de la unidad familiar incompatibles con el salario, no se considerarán miembros de dicha unidad los hermanos, cuñados o abuelos, como sucedíahasta ahora, según el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Se podrá pedir la Renta Agraria si no se superan en la unidad familiar unos ingresos de dos veces el SMI si hay dos miembros; 2,75 veces el SMI con tres miembros; 3,5 veces el SMI en familias de cuatro miembros; y 4 veces el SMI en unidades de cinco o más miembros.
Los ingresos procedentes del trabajo en el campo agrario no computarán como renta, según recoge el proyecto difundido hoy por el Gobierno.
(SERVIMEDIA)
25 Ene 2003
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