LAS PENSIONES DE VIUDEDAD MAS BAJAS CRECERAN UN 11,5% EN 1999
- La Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de la Seguridad Social también mejora las pensiones de orfandad
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Las pensiones mínimas de los viudos y viudas menores de 60 años concargas familiares se verán incrementadas por encima de la media del sistema y crecerán un 11,5% a partir de enero, en virtud de la Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de la Seguridad Social.
Según informó hoy el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, este proceso de equiparación se prolongará hasta el año 2000, fecha en la que las pensiones de los viudos y viudas menores de 60 años con cargas familiares quedarán equiparadas a las que perciben los beneficiarios que tienen entre 60 y 6 años.
En un comunicado, el ministerio afirma que desde el pasado enero el 30% del total de las viudas y viudos menores de 60 años con cargas familiares se han visto beneficiados por esta medida, y añade que, para 1999, está previsto que los integrantes de este colectivo cobren cerca de 105.000 pesetas más de lo que hubiesen cobrado si no se hubiera ampliado la acción protectora en esta materia.
Al final del proceso, los beneficiarios de estas pensiones mínimas de viudad percibirán un 31% más de o que hubiesen percibido sin modificarse la Ley. Para ello, la Seguridad Social va a realizar una inversión de más de 11.000 millones de pesetas en tres años, desde 1998 hasta el 2000 inclusive.
PENSIONES DE ORFANDAD
También los huérfanos han visto mejoradas sus pensiones gracias a la Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema. La nueva Ley amplía hasta los 23 años la edad para tener derecho a una prestación por orfandad absoluta (pérdida de padre y madre), y hasta los 21 en los casos en losque sobreviva uno de los progenitores.
Hasta ahora, los huérfanos perdían su pensión de orfandad a los 18 años en todos los casos. "Con la entrada en vigor de esta norma, alrededor de 28.000 jóvenes huérfanos mayores de 18 años que hubieran perdido ya el derecho a la prestación la siguen percibiendo", señala la nota.
Por último, el proyecto de Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social para 1999 contempla la rebaja de 22 a 15 años el periodo mínimo de cotización previa exigible paa acceder al derecho a pensión de viudedad y orfanadad cuando el causante en el momento del fallecimiento esté en situación de no alta.
Esta medida permite cobrar la prestación a favor de familiares sin necesidad de que el causante de la prestación estuviera de alta en el momento del fallecimiento. Los 15 años de cotización será la única premisa para cobrar estas pensiones y prestaciones de la Seguridad Social.
(SERVIMEDIA)
02 Nov 1998
SBA