PENSIONES. EL CES PIDE LA REVALORIZACION EXPRESA DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
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El Consejo Económico y Social (CES) considera en su dictamen sobre el anteproyecto de Ley que recoge el acuerdo sobr pensiones suscrito entre Gobierno y sindicatos que "no se menciona la revalorización de las pensiones no contributivas, sin encontrar justificada tal ausencia", informaron hoy en fuentes de este organismo.
El CES considera como "extremadamente confusa" la referencia que se hace al tope de cobertura de las pensiones contributivas. Advierte que se debe respetar la proporcionalidad entre el tope máximo de cotización y la pensión máxima, "pues de lo contrario supondría desincentivar la permanencia en el istema de afiliados con cotizaciones más elevadas".
En su conjunto, este órgano consultivo califica favorablemente el anteproyecto de Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social (el nombre completo de la normativa). Agrega que plasma de manera adecuada los principios del Pacto de Toledo y que, en esencia, responde al pacto alcanzado con los sindicatos.
El Consejo entiende que lo más positivo es la fijación de la bases reguladoras para tener derecho a pensiones, así comola previsión de la separación de las fuentes de financiación de las prestaciones contributivas y no contributivas en el año 2000.
Sin embargo, recomienda que se supriman las referencias a los principios de contributividad y proporcionalidad en el caso de las pensiones de invalidez, puesto que esta idea no aparece en el Pacto de Toledo ni en el acuerdo con los representantes de los trabajadores. También considera conveniente que se hubiera incluido una memoria económica que evaluase las consecuencias dl anteproyecto de Ley.
AL CONSEJO DE MINISTROS
Fuentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales aseguraron hoy a Servimedia que, una vez emitido el dictamen del CES, sólo resta por celebrarse la Comisión de Subsecretarios, que tendrá lugar esta tarde, por lo que dieron por "casi seguro" que la Ley sea aprobada por el Consejo de Ministros el próximo día 29.
Otra de las observaciones que hace el CES a esta normativa es que no le parece correcta la inclusión entre las prestaciones contributiva de los gastos de gestión correspondientes a las prestaciones.
También pide más claridad en lo que se refiere a la reducción de la cuantía de la pensión en caso de jubilación anticipada. Entiende que hay dudas para aquellos casos en los que, sin tratarse de un expediente de regulación de empleo, los asalariados pierdan su trabajo por causas económicas, técnicas y productivas.
El Consejo asegura que no procede que la calificación y definición de los grados de incapacidad laboral se deje a un reglaento posterior. Estos supuestos deben estar recogidos en la propia Ley y deben dejarse al reglamento la lista de las enfermedades, en opinión de este organismo.
Además, pide aclaraciones sobre si las pensiones de invalidez pasarán a tener el mismo tratamiento fiscal que las pensiones de jubilación una vez que sus beneficiarios cumplan 65 años.
(SERVIMEDIA)
27 Nov 1996
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