PENA DE ARRESTO MAYOR Y MULTA DE 300.000 PESETAS PARA LOS MIEMBROS DE MESAS ELECTORALES QUE NO SE PRESENTEN

MADRID
SERVIMEDIA

Las personas designadas como presidentes o vocales de mesas electorales que se niegun a desempeñar esta función el próximo día 26 serán castigadas con una pena de arresto mayor (de uno a seis meses) y multa de 30.000 a 300.000 pesetas.

Esta es una de las disposiciones, recogidas en la Ley Electoral General, que se incluyen en el Manual de Instrucciones para los Miembros de las Mesas elaborado por el Ministerio del Interior, cuya fecha de entrega por las juntas de zona finaliza mañana, sábado.

También mañana concluye el plazo límite para que las Juntas Electorales de Zona notifiqen a los interesados su designación como miembros de mesa.

En este manual, del que se han editado 600.000 ejemplares, se explican los mecanismos de constitución de la mesa, votación y escrutinio, así como los derechos y obligaciones de los integrantes de las mesas.

De las 631.000 personas implicadas oficial y directamente en la organización y celebración del proceso electoral, 430.000 han sido designadas, por sorteo, como miembros de mesa (287.000 de ellas suplentes).

Los presidentes y vocals tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior a las elecciones. Asimismo, percibirán una dieta de 7.600 pesetas, que les será abonada el mismo día 26, y estarán protegidos por la Seguridad Social frente a las contingencias que puedan derivarse de su participación en los comicios.

Entre los días 5 y 11, los seleccionados deberán alegar las causas que le impedirán ser integrantes de las mesas. Del 12 al 16, las juntas deberán resolver y comunicr la sustitución a los primeros suplentes.

(SERVIMEDIA)
03 Abr 1991
JRN