PARTICULARES, EMPRESAS E INSTITUCIONES PODRÁN RECUPERAR UN DOMINIO ".ES" PRESENTANDO UNA DEMANDA EXTRAJUDICIAL
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Los particulares, empresas o instituciones que deseenrecuperar un dominio ".es" que ya se encuentre registrado, podrán hacerlo mediante la interposición de una demanda que deberá estar sujeta al reglamento aprobado por la entidad pública empresarial Red.es y que aparece publicado en www.nic.es.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de Red.es, informó hoy de que existen cuatro entidades autorizadas para resolver conflitos sobre los dominios ".es" extrajudicialmente.
Estas cuatro entidades son la Asociación Española de Comercio Electrónico y Márketing relacional (AECEM), la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España y el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Según explicó Red.es, mediante un comunicado, aquellos usuarios que crean poseer derechos previos sobre determinados dominios ".es", podrán acudir a cualquiera de estos proveedores acreditados para resolver conflictos de forma extrajudicial.
Entre los supuestos de reclamación se hallan denominaciones de entidades registradas en España, denominaciones o indicaciones de origen, nombres comerciales, marcas registradas, instituciones públicas, nombres civiles o pseudónimos notorios, que identifiquen profesionalmente a creadores, intelectuales, políticos, deportistas o artistas.
El proveedor asignará cada caso a un experto cualificado e independiente, quien dictará una resolución basándose en el reglamento vigente. En todo momento quedará abierta la posibilidad de acudir a la vía judicial.
Red.es, de acuerdo al reglamento, bloqueará los dominios ".es" que sean objeto de controversia, para que no pasen a manos de un tercero mientras el experto dicta la correspondiente resolución.
El sistema desarrollado por la entidad pública empresarial Red.es es similar al procedimiento universalmente conocido como UDRP (Uniform Domain Name Dispute Resolution Policy), probado en más de 8.000 casos en todo el mundo.
(SERVIMEDIA)
22 Mar 2006
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