EL PARLAMENTO ANDALUZ APRUEBA MAÑANA LA LEY DE PAREJAS DE HECHO
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El Pleno del Parlamento andaluz aprobará mañana el proyecto de Ley de Parejas de Hecho, aprobdo el 7 de mayo por el Consejo de Gobierno, según informó hoy el Gobierno autónomo.
Esa citada normativa introduce como principales novedades el acceso de estas parejas al acogimiento familiar simple o permanente de menores sin que la opción sexual de estos pueda considerarse como factor discriminatorio, así como la posibilidad de solicitar su ingreso conjunto en los centros residenciales públicos para personas mayores, de forma que puedan compartir habitaciones en exclusiva.
La nueva norma, que onsidera pareja de hecho a toda unión de dos personas, con independencia de su opción sexual, dirigida a convivir de forma estable en una relación de afectividad análoga a la conyugal, establece para estas uniones los mismos derechos que ya tienen los matrimonios residentes en la comunidad en sus relaciones con las administraciones andaluzas.
Además, las parejas de hecho serán tenidas en cuenta en aquellos casos en que el mantenimiento de la relación sea determinante para la adecuada asistencia, la reabilitación y su incorporación social, en materia de drogodependencias.
Los miembros de estas uniones podrán, además, ejercer el derecho que la legislación reconoce a los familiares y allegados a obtener información completa y continuada sobre asistencia sanitaria, incluyendo los datos relativos a diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento.
REGISTRO
Los beneficios previstos en la futura ley serán aplicables a todas las personas que estén inscritas en el Registro de Uniones de Hecho d la Comunidad Autónoma.
Según esta norma, la pareja de hecho quedará disuelta en caso de matrimonio de la pareja o de alguno de sus miembros, mutuo acuerdo, la voluntad unilateral de uno de sus integrantes o el cese efectivo de la convivencia por un periodo superior a un año.
En las materias no reguladas expresamente por el proyecto, las parejas de hecho quedarán equiparadas también al matrimonio en sus relaciones jurídicas con las administraciones públicas andaluzas, teniendo como únicas limitacones las que puedan resultar de la aplicación de la normativa estatal.
(SERVIMEDIA)
26 Nov 2002
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