LA PARAFARMACIA DEBE ADQUIRIRSE CON EL CONSEJO DEL FARMACEUTICO PARA HACER UN MEJOR USO DE ELLA, SEGUN LOS COLEGIOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General de Colegios de Farmacéuticos aconseja al ciudadano que antes de adquirir productos de parafarmaia pida el consejo a uno de estos profesionales para obtener el más adecuado y hacer el mejor uso de ellos, según afirma un informe de este organismo profesional.

A pesar de que los productos de parafarmacia no son medicamentos, el consejo insiste en que debe pedirse consejo ya que se consumen, aplican o utilizan por el ser humano para mejorar o contribuir a cuidar la salud de las personas sanas.

Los productos englobados en la parafarmacia son muy diferentes. La dermofarmacia o cosméticos, son lo más abundantes, pero también incluye los Productos Sanitarios, como el material de cura, productos de ortopedia y test de autodiagnóstico. Los productos infantiles, como biberones o chupetes, también son parafarmacia, al igual que los alimentos para situaciones especiales y los desinfectantes y plaguicidas para la higiene humana.

Los Desinfectantes y Plaguicidas frente a piojos y repelentes de insectos, deben tener una autorización especial por su composición y etiquetado, aprobado por Sanidad. Esto frece una garantía para poder ser puestos a disposición de los consumidores, con el fin de evitar consecuencias indeseables por el uso necesario de estos productos.

ALIMENTOS INFANTILES

El buen conocimiento de los alimentos especiales, y de los ingredientes incorporados en cada fórmula, condicionan la selección adecuada del tipo de producto para cada situación, sobre todo para los niños, y son objeto del consejo y orientación cualificada del farmacéutico.

Recuerdan que la Parafarmacia siempre dbe seguir los requisitos legales que les corresponda según la clase de producto de que se trata. En su etiquetado deben aparecer una serie de datos, como la identificación clara del producto y la empresa responsable, el modo de empleo y advertencias o precauciones de uso si es necesario.

También deberá incluir su composición, cuando proceda, la fecha de caducidad y número de lote, en su caso, y sólo los productos sanitarios incluirán el marcado CE.

(SERVIMEDIA)
04 Ago 2001
EBJ